3. Otras disposiciones. . (2021/204-12)
Resolución de 6 de octubre de 2021, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigida a militares de tropa y marinería, financiada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 333
Vigésimo tercero. Recogida y tratamiento de datos.
Este procedimiento es una operación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional y la Unión Europea-NextGenerationEU, dentro del Plan de
Formación Profesional para el Crecimiento Económico y Social y la Empleabilidad y la
Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La persona solicitante se compromete a facilitar la información que le sea requerida
durante toda la vigencia del Plan de Formación Profesional para el Crecimiento Económico
y Social y la Empleabilidad y la Unión Europea. La participación en este procedimiento
conllevará el consentimiento expreso de la persona solicitante a que los datos aportados
por la misma sean utilizados para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la
verificación y la auditoría de las actuaciones cofinanciadas con cargo al citado Plan, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y el Reglamento (UE)
núm. 1304/2013, ambos del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
así como el Reglamento Delegado (UE) núm. 480/2014 de la Comisión, de 3 de marzo
de 2014. Así mismo, su participación conllevará el consentimiento expreso para consultar y
recabar de cualquier administración pública los datos necesarios con el mismo fin.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante
la persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de
conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
00200325
Sevilla, 6 de octubre de 2021.- El Director General de Formación Profesional para el
Empleo, Joaquín Pérez Blanes; la Directora General de Formación Profesional, María
Victoria Oliver Vargas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 333
Vigésimo tercero. Recogida y tratamiento de datos.
Este procedimiento es una operación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional y la Unión Europea-NextGenerationEU, dentro del Plan de
Formación Profesional para el Crecimiento Económico y Social y la Empleabilidad y la
Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La persona solicitante se compromete a facilitar la información que le sea requerida
durante toda la vigencia del Plan de Formación Profesional para el Crecimiento Económico
y Social y la Empleabilidad y la Unión Europea. La participación en este procedimiento
conllevará el consentimiento expreso de la persona solicitante a que los datos aportados
por la misma sean utilizados para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la
verificación y la auditoría de las actuaciones cofinanciadas con cargo al citado Plan, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y el Reglamento (UE)
núm. 1304/2013, ambos del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
así como el Reglamento Delegado (UE) núm. 480/2014 de la Comisión, de 3 de marzo
de 2014. Así mismo, su participación conllevará el consentimiento expreso para consultar y
recabar de cualquier administración pública los datos necesarios con el mismo fin.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante
la persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de
conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
00200325
Sevilla, 6 de octubre de 2021.- El Director General de Formación Profesional para el
Empleo, Joaquín Pérez Blanes; la Directora General de Formación Profesional, María
Victoria Oliver Vargas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja