Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/190-11)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Universidad de Almería, por la que se convocan concursos públicos para la contratación de personal para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Miércoles, 30 de septiembre de 2020
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que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de
la documentación, se procederá a su destrucción, previa publicación de la relación de
plazas cuya documentación está prevista destruir en el Tablón de Anuncios del Servicio
de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería.
6.10. A efectos del cómputo de plazos, se considerarán inhábiles los periodos así
declarados en Resolución de 15 de noviembre de 2019 de la Universidad de Almería
para el año 2020, sobre declaración de período inhábil a efectos de cómputo de plazos
para resolver los procedimientos de selección de personal en el ámbito de la Universidad
(BOJA núm. 228, de 26 de noviembre de 2019).
7. Carácter del contrato.
7.1. Los contratos tendrán carácter laboral temporal y se realizarán preferentemente
bajo la modalidad de contrato por obra o servicio determinado para la realización de un
proyecto específico de investigación científica y técnica o de acuerdo con lo que disponga
la respectiva convocatoria, bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en
la Sección 2.ª del Título II de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y
la Innovación.
7.2. El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de
incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. La adjudicación del contrato
no implica por parte de la Universidad de Almería ningún compromiso en cuanto a la
posterior incorporación del interesado a su plantilla.
8. Cuantía del contrato/Retribuciones.
8.1. La retribución a percibir por el trabajador será la detallada en el Anexo II de la
correspondiente convocatoria. El contrato implicará además el alta en el Régimen
General de la Seguridad Social. Las cuantías contempladas en los anexos podrán sufrir
las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación, o por causas
sobrevenidas no previstas inicialmente.
9. Efectos del contrato.
9.1. Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen, a través de
la firma de los interesados y del Rector de la Universidad de Almería como representante
de la misma, por lo que las Comisiones de Selección no podrán determinar la fecha de
efectos en sus resoluciones.

11. Obligaciones del trabajador.
11.1. Las especificadas en el contrato de trabajo que se suscriba, así como las
establecidas, en su caso, en las correspondientes convocatorias, o por las normas que le
sean de aplicación al contrato laboral suscrito.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Duración del contrato.
10.1. La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente
convocatoria, será la establecida en el Anexo II de la correspondiente convocatoria, y
no podrá ser superior a 3 años. no obstante, y de acuerdo con la disposición adicional
decimoquinta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en su versión dada por Ley 35/2010,
de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado
de trabajo, cuando estén vinculados a un proyecto específico de investigación o
de inversión, superior a 3 años, pondrán extenderse hasta la finalización del mismo de
acuerdo con las necesidades y disponibilidad presupuestaria del proyecto.
10.2. En ningún caso la vigencia del contrato podrá exceder la duración del proyecto
al que se adscribe.