Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/128-14)
Resolución de 1 de julio de 2020, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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Número 128 - Lunes, 6 de julio de 2020
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b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges o hijos siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con el informe preceptivo de la institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
3.4. Los candidatos introducirán obligatoriamente sus méritos (CV) en la plataforma
habilitada al efecto y cuya dirección es la siguiente: https://bareprof.us.es, a través del
editor CVN de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), atendiendo
a las instrucciones publicadas en la siguiente dirección: https://cvn.fecyt.es/editor. La
no acreditación en tiempo y forma de los méritos en la referida plataforma supondrá la
exclusión definitiva del aspirante. Asimismo, la acreditación de los méritos en la plataforma
no supondrá la sustitución del trámite en tiempo y forma del pago de los derechos ni
de presentación de la solicitud de participación. Será responsabilidad de los candidatos,
cualquier incidencia que se produzca en el proceso de introducción y tratamiento de los
datos que desee aportar en el proceso.
Las Comisiones podrán excluir de la baremación un mérito que se alegue en dos
apartados distintos del baremo, no valorando aquéllos que se aleguen en apartados que
no correspondan.
Según la normativa, el umbral mínimo para poder ser propuesto para la adjudicación
de una plaza de Profesor Ayudante Doctor se establece en 40 puntos.
3.5. Los candidatos depositarán obligatoriamente su currículum vitae (CV) en la
plataforma bareprof habilitada al efecto y cuya dirección es la siguiente: https://bareprof.
us.es . El CV se cumplimenta con el editor CVN de la Fundación Española para la Ciencia y
la Tecnología (FECYT), y siguiendo las instrucciones publicadas en la siguiente dirección:
https://cnv.fecyt.es/editor, y las instrucciones también publicadas en la aplicación bareprof.
El CVN se deposita en el campo habilitado al efecto en el apartado de la aplicación
bareprof: «Requisitos de admisión». Asimismo, los candidatos deberán necesariamente
confirmar la lectura de méritos por la aplicación bareprof de su CVN. La lectura por
bareprof se realiza conforme a las instrucciones publicadas en dicha aplicación. El no
depósito y confirmación de lectura de méritos en tiempo y forma del CVN en la referida
plataforma supondrá la exclusión definitiva del aspirante.
Los candidatos deberán introducir en la aplicación bareprof la documentación
acreditativa de cada uno de sus méritos del CV que permita su validación por las
Comisiones, atendiendo a las instrucciones publicadas en la citada aplicación.
El depósito del CV confirmado y la documentación acreditativa en la plataforma no
supondrá la sustitución del trámite en tiempo y forma del pago de los derechos ni de
presentación de la solicitud de participación.
Será responsabilidad de los candidatos cualquier incidencia que se produzca en el
proceso de introducción y tratamiento de los datos que desee aportar en el proceso.
3.6. La relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada plaza se
hará pública con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Los candidatos que
se inscriban en la plataforma pero que no hayan presentado la solicitud de participación
debidamente registrada, no figurarán en dicho listado.
La publicación de los listados de admitidos y excluidos se efectuará en el portal
electrónico de esta Universidad (http://www.us.es – Profesorado – Planificación y
Selección – Profesorado laboral).
Contra esta resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Sr.
Rector Magfco. en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación del listado provisional. La documentación que se aporte para subsanar
deberá presentarse en todo caso, acompañada de la correspondiente instancia o escrito
de remisión solicitando dicha subsanación. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado,
no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen frente a la omisión producida
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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