Disposiciones generales. . (2020/127-1)
Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las subvenciones previstas en la Orden de 20 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de los servicios turísticos y creación de nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad EMPRENTUR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
página 

1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020
las subvenciones previstas en la Orden de 20 de febrero de 2017, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de los servicios
turísticos y creación de nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y
consolidación de las empresas turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de
nuevas empresas turísticas (Modalidad EMPRENTUR).
La Consejería de Turismo y Deporte, mediante Orden de 20 de febrero de 2017, estableció
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, dirigidas al fomento de los servicios turísticos y creación de nuevos productos,
en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas turísticas (Modalidad
PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad EMPRENTUR).
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera de la citada orden,
las convocatorias anuales para la concesión de subvenciones previstas en la misma se
efectuarán mediante sucesivas órdenes de la persona titular de la Consejería competente
en materia de turismo.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en la Orden de 20 de febrero de 2017,
de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con
el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,
R ES U ELVO

Segundo. Financiación y cuantía de la convocatoria.
1. Las subvenciones dirigidas al fomento de los servicios turísticos y creación de
nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas
turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad
EMPRENTUR) se financiarán con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:
a) Modalidad PYMETUR: 0900170000- G/75D/77003/00 A1341001T1 2016000472, por
un importe máximo total de 2.400.000,00 euros, de acuerdo con la siguiente distribución:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00174349

Primero. Convocatoria y aprobación de formularios.
1. Convocar, para el ejercicio 2020, la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de los servicios turísticos y creación de
nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas
turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad
Emprentur). La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por
la citada Orden de 20 de febrero de 2017.
2. Aprobar los formularios que se indican y que constan como anexos a la presente
orden, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites
de audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario para presentar alegaciones y para efectuar la aceptación, reformulación
y la presentación de documentos (Anexo II).