Disposiciones generales. . (2020/127-5)
Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
página 118
TÍTULO V. INVESTIGACIÓN, FORMACIÓN, DIFUSIÓN, COOPERACIÓN Y FORO
ANDALUZ DE LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. Investigación
Artículo 80. Objeto
Articulo 81. Líneas de actuación
Articulo 82. Temas prioritarios
Articulo 83. Medidas
Articulo 84. Beneficiarios de las ayudas
CAPÍTULO II. Formación
Artículo 85. Objeto
Articulo 86. Medidas
Articulo 87. Beneficiarios
CAPÍTULO III. Programa de difusión. Premios Andalucía de Arquitectura
Artículo 88. Objeto
Articulo 89. Premios Andalucía de Arquitectura
CAPÍTULO IV. Programas de cooperación territorial europea
Articulo 90. Objeto
Articulo 91. Medidas
CAPÍTULO V. Foro Andaluz de la Vivienda
Artículo 92. Objeto
Artículo 93. Funciones
Disposición transitoria primera. Ayudas a adquirentes de viviendas protegidas y de los
programas de fomento del alquiler de anteriores planes andaluces de vivienda.
Disposición transitoria segunda. Actuaciones del programa regional de espacios
públicos.
Disposición transitoria tercera. Actuaciones del programa de rehabilitación de edificios
públicos de interés arquitectónico.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174393
Disposición adicional primera. Ingresos familiares y de la unidad de convivencia.
Disposición adicional segunda. Referencias al precio o módulo básico estatal.
Disposición adicional tercera. Viviendas y alojamientos protegidos acogidos a
anteriores planes de vivienda.
Disposición adicional cuarta. Plan Andaluz de Inspección.
Disposición adicional quinta. Conceptos utilizados en este Decreto.
Disposición adicional sexta. Programas y bases reguladoras del Plan de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
Disposición adicional séptima. Delimitación de los supuestos de aplicación de los
derechos de tanteo y retracto previstos en la Ley 1/2010, de 8 de marzo.
Disposición adicional octava. Actuaciones de rehabilitación en casas-cueva.
Disposición adicional novena. Mantenimiento de la calificación de las viviendas del
parque residencial de titularidad pública.
Disposición adicional décima. Exoneración de la obligación de acreditar el cumplimiento
de las obligaciones contempladas en el artículo 116.2 del texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
página 118
TÍTULO V. INVESTIGACIÓN, FORMACIÓN, DIFUSIÓN, COOPERACIÓN Y FORO
ANDALUZ DE LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. Investigación
Artículo 80. Objeto
Articulo 81. Líneas de actuación
Articulo 82. Temas prioritarios
Articulo 83. Medidas
Articulo 84. Beneficiarios de las ayudas
CAPÍTULO II. Formación
Artículo 85. Objeto
Articulo 86. Medidas
Articulo 87. Beneficiarios
CAPÍTULO III. Programa de difusión. Premios Andalucía de Arquitectura
Artículo 88. Objeto
Articulo 89. Premios Andalucía de Arquitectura
CAPÍTULO IV. Programas de cooperación territorial europea
Articulo 90. Objeto
Articulo 91. Medidas
CAPÍTULO V. Foro Andaluz de la Vivienda
Artículo 92. Objeto
Artículo 93. Funciones
Disposición transitoria primera. Ayudas a adquirentes de viviendas protegidas y de los
programas de fomento del alquiler de anteriores planes andaluces de vivienda.
Disposición transitoria segunda. Actuaciones del programa regional de espacios
públicos.
Disposición transitoria tercera. Actuaciones del programa de rehabilitación de edificios
públicos de interés arquitectónico.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174393
Disposición adicional primera. Ingresos familiares y de la unidad de convivencia.
Disposición adicional segunda. Referencias al precio o módulo básico estatal.
Disposición adicional tercera. Viviendas y alojamientos protegidos acogidos a
anteriores planes de vivienda.
Disposición adicional cuarta. Plan Andaluz de Inspección.
Disposición adicional quinta. Conceptos utilizados en este Decreto.
Disposición adicional sexta. Programas y bases reguladoras del Plan de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
Disposición adicional séptima. Delimitación de los supuestos de aplicación de los
derechos de tanteo y retracto previstos en la Ley 1/2010, de 8 de marzo.
Disposición adicional octava. Actuaciones de rehabilitación en casas-cueva.
Disposición adicional novena. Mantenimiento de la calificación de las viviendas del
parque residencial de titularidad pública.
Disposición adicional décima. Exoneración de la obligación de acreditar el cumplimiento
de las obligaciones contempladas en el artículo 116.2 del texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.