3. Otras disposiciones. . (2020/126-14)
Orden de 26 de junio de 2020, por la que se suspende la aprobación definitiva de la modificación del PGOU de la Línea de la Concepción, para la relocalización del sistema general de equipamiento comercial SGE-C/2 «Mercado Municipal de Mayoristas».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 2 de julio de 2020
página 60
4. Con fecha de 21 de enero de 2020, el Servicio de Planeamiento Urbanístico de
la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe favorable
condicionado a una serie de subsanaciones sobre el documento presentado.
5. Al afectar al uso urbanístico de parcelas destinadas a parques, jardines o espacios
libres, dotaciones o equipamientos, se requirió el dictamen favorable del Consejo
Consultivo de Andalucía para su aprobación definitiva, de conformidad con el artículo
36.2.c) 2.ª) de la LOUA.
Con fecha 17 de abril de 2020 el Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido Dictamen
núm. 227/2020 en el que indica que el documento técnico debe ser modificado para
incluir la justificación de la sustitución en metálico de la dotación que debe ser cedida,
a la que alude el artículo 55.3 de la LOUA, y, en su caso, la valoración que se hace de
la superficie de suelo dotacional que se monetariza, razonándolo debidamente; si no se
ha creado la cuenta que exige el artículo 139.2 LOUA se ha de garantizar el compromiso
de crearla; y, además, sugiere incluir en la modificación las subsanaciones requeridas
por el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico. El dictamen es desfavorable, no
pudiendo efectuarse la aprobación definitiva dado el carácter preceptivo y vinculante de
dicho dictamen.
6. Con fecha 7 de mayo de 2020, de acuerdo con el citado dictamen, la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo propone la suspensión de la aprobación
definitiva de la Modificación.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio es el
órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación
Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural de los
municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias de nivel 1 en el
sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de conformidad
con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía; en relación con el artículo 4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como el
artículo 12.1 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y
sobre reestructuración de Consejerías (modificado por Decreto del Presidente 6/2019,
de 11 de febrero) y el artículo 1.d) del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, infraestructuras y
Ordenación del Territorio (modificado por el Decreto 440/2019, de 2 de abril).
En virtud de todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 4.3.a)
del Decreto 36/2014, de acuerdo con el Dictamen desfavorable vinculante del Consejo
Consultivo de Andalucía, a propuesta de la Dirección General de Ordenación del Territorio
y Urbanismo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174303
Segundo. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de La Línea de la Concepción, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la
citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 2 de julio de 2020
página 60
4. Con fecha de 21 de enero de 2020, el Servicio de Planeamiento Urbanístico de
la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe favorable
condicionado a una serie de subsanaciones sobre el documento presentado.
5. Al afectar al uso urbanístico de parcelas destinadas a parques, jardines o espacios
libres, dotaciones o equipamientos, se requirió el dictamen favorable del Consejo
Consultivo de Andalucía para su aprobación definitiva, de conformidad con el artículo
36.2.c) 2.ª) de la LOUA.
Con fecha 17 de abril de 2020 el Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido Dictamen
núm. 227/2020 en el que indica que el documento técnico debe ser modificado para
incluir la justificación de la sustitución en metálico de la dotación que debe ser cedida,
a la que alude el artículo 55.3 de la LOUA, y, en su caso, la valoración que se hace de
la superficie de suelo dotacional que se monetariza, razonándolo debidamente; si no se
ha creado la cuenta que exige el artículo 139.2 LOUA se ha de garantizar el compromiso
de crearla; y, además, sugiere incluir en la modificación las subsanaciones requeridas
por el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico. El dictamen es desfavorable, no
pudiendo efectuarse la aprobación definitiva dado el carácter preceptivo y vinculante de
dicho dictamen.
6. Con fecha 7 de mayo de 2020, de acuerdo con el citado dictamen, la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo propone la suspensión de la aprobación
definitiva de la Modificación.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio es el
órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación
Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural de los
municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias de nivel 1 en el
sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de conformidad
con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía; en relación con el artículo 4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como el
artículo 12.1 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y
sobre reestructuración de Consejerías (modificado por Decreto del Presidente 6/2019,
de 11 de febrero) y el artículo 1.d) del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, infraestructuras y
Ordenación del Territorio (modificado por el Decreto 440/2019, de 2 de abril).
En virtud de todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 4.3.a)
del Decreto 36/2014, de acuerdo con el Dictamen desfavorable vinculante del Consejo
Consultivo de Andalucía, a propuesta de la Dirección General de Ordenación del Territorio
y Urbanismo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174303
Segundo. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de La Línea de la Concepción, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la
citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.