5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2020/123-15)
Anuncio de 20 de mayo de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por el que se hace pública la Resolución de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía de 6 de mayo de 2020, por la que se declara la ampliación del reconocimiento como aguas minero-medicinales de carácter mineral natural a las relativas a las surgencias denominadas «Salud 20 a 29», situadas dentro del perímetro de protección del aprovechamiento que se cita. (PP. 955/2020).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 123 - Lunes, 29 de junio de 2020
página 630
perímetro de protección del aprovechamiento de recursos de la Sección B) denominado
“Aguas de Lanjarón”, número 32.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería de Hacienda, Industria y Energía es competente para dictar
la presente resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Ley
22/1973, de 21 de julio, de Minas, y el artículo 39.2 del Reglamento General para el
Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto; ello,
en relación con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de
diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; con el Decreto del
Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, con el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto
342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la
Administración de la Junta de Andalucía, y con el Decreto 101/2019, de 12 de febrero,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y
Energía.
Segundo. Es de aplicación la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluyendo lo dispuesto en los artículos 12, 16
y 38 y siguientes.
Tercero. La entidad interesada ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo
3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación
y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para
consumo humano, que establece las condiciones necesarias para la ampliación del
reconocimiento del carácter mineral natural de unas aguas minero-medicinales.
Vistas la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el Reglamento General para el
Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y demás
disposiciones legales de pertinente y general aplicación, esta Consejería de Hacienda,
Industria y Energía, de acuerdo con el expediente tramitado por la Delegación del
Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada y a propuesta de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas,
R ES U ELV E
SURGENCIA
SALUD 20
SALUD 21
SALUD 22
SALUD 23
SALUD 24
SALUD 25
SALUD 26
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
Coordenada
UTM X
457.697
457.697
457.702
457.703
457.735
457.743
457.744
Coordenada
UTM Y
4.087.686
4.087.690
4.087.697
4.087.700
4.087.754
4.087.812
4.087.814
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00172726
Primero y único. Declarar la ampliación del reconocimiento como aguas mineromedicinales, minerales naturales, a las relativas a las surgencias denominadas “Salud 20
a 29”, situadas dentro del perímetro de protección del aprovechamiento de recursos de la
Sección B) denominado “Aguas de Lanjarón”, número 32, sito en el término municipal de
Lanjarón (Granada), cuyas coordenadas UTM son las que siguen a continuación:
BOJA
Número 123 - Lunes, 29 de junio de 2020
página 630
perímetro de protección del aprovechamiento de recursos de la Sección B) denominado
“Aguas de Lanjarón”, número 32.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería de Hacienda, Industria y Energía es competente para dictar
la presente resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Ley
22/1973, de 21 de julio, de Minas, y el artículo 39.2 del Reglamento General para el
Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto; ello,
en relación con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de
diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; con el Decreto del
Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, con el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto
342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la
Administración de la Junta de Andalucía, y con el Decreto 101/2019, de 12 de febrero,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y
Energía.
Segundo. Es de aplicación la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluyendo lo dispuesto en los artículos 12, 16
y 38 y siguientes.
Tercero. La entidad interesada ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo
3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación
y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para
consumo humano, que establece las condiciones necesarias para la ampliación del
reconocimiento del carácter mineral natural de unas aguas minero-medicinales.
Vistas la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el Reglamento General para el
Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y demás
disposiciones legales de pertinente y general aplicación, esta Consejería de Hacienda,
Industria y Energía, de acuerdo con el expediente tramitado por la Delegación del
Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada y a propuesta de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas,
R ES U ELV E
SURGENCIA
SALUD 20
SALUD 21
SALUD 22
SALUD 23
SALUD 24
SALUD 25
SALUD 26
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
Coordenada
UTM X
457.697
457.697
457.702
457.703
457.735
457.743
457.744
Coordenada
UTM Y
4.087.686
4.087.690
4.087.697
4.087.700
4.087.754
4.087.812
4.087.814
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00172726
Primero y único. Declarar la ampliación del reconocimiento como aguas mineromedicinales, minerales naturales, a las relativas a las surgencias denominadas “Salud 20
a 29”, situadas dentro del perímetro de protección del aprovechamiento de recursos de la
Sección B) denominado “Aguas de Lanjarón”, número 32, sito en el término municipal de
Lanjarón (Granada), cuyas coordenadas UTM son las que siguen a continuación: