Galapagar (BOCM-20250801-52)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025

Pág. 333

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20250801-52

Por resolución número 2982/2025, de 17 de julio de 2025, de la Quinta Tenencia de
Alcaldía delegada del Área de Hacienda del Ayuntamiento de Galapagar, se ha aprobado el
padrón fiscal de la Tasa por O. V. P. Paso de Vehículos (VADOS) del ejercicio 2025.
El padrón estará expuestos al público en el Departamento de Gestión Tributaria del
Ayuntamiento de Galapagar, por plazo de quince días contados a partir del siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para examen y reclamación por parte de los legítimamente interesados (artículo 17.5 de la
ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de este Ayuntamiento).
Se establece como plazo de ingreso en periodo voluntario del 1 de septiembre al 20 de
noviembre de 2025, ambos inclusive. Asimismo, fuera del período voluntario y desde el 21
de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2025 se podrá hacer efectivo el pago con el 5%
de recargo ejecutivo.
Transcurrido el periodo voluntario de ingreso, se iniciará el periodo ejecutivo que determinará el devengo del recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se
produzcan, en los términos previstos en la LGT y en el Reglamento General de Recaudación.
Lugar y forma de cobro: en cualquier sucursal de las entidades bancarias que a continuación se relacionan: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Sabadell, Banco Santander, Caixabank e IberCaja. También online a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Galapagar ( https://sede.galapagar.es/ ) y en oficinas de Correos, abonando la tasa
establecida por dicha entidad.
Este anuncio, al tratarse de un tributo de cobro periódico por recibo, tiene el carácter
de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).
Contra el acto de aprobación del padrón podrá formularse recurso de reposición ante
esta concejalía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del
período de exposición pública (art. 14.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
En Galapagar, a 18 de julio de 2025.—El quinto teniente de alcalde, delegado del Área
de Hacienda, Contratación, Atención al Ciudadano, Transparencia y Administración Digital, por Decreto de Alcaldía número 194/2025, de 15 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID n.o 24, de 29 de enero), Román Robles Valadés, Delegación.
(01/12.077/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791