D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250801-40)
Convenio – Adenda primera de 10 de julio de 2025, al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid, para el posicionamiento turístico del destino Madrid como “Capital mundial del flamenco” 2024-2025
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 182
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
40
ADENDA primera de 10 de julio de 2025, al convenio entre la Comunidad de Madrid
y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid, para el posicionamiento turístico
del destino Madrid como “Capital mundial del flamenco” 2024-2025.
En Madrid, a 10 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, en su calidad de Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comunidad de Madrid), en
virtud del nombramiento que establece el Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de
diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre de 2023), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su
intervención en concreto el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Juan Manuel del Rey Ávila, actuando en representación de la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid con CIF G-86665924 y domicilio en la calle Juan
Bravo, número 34, 28006 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con su
nombramiento en sesión de la Asamblea General de 24 de junio de 2020.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para formalizar la presente adenda y a tal efecto,
I. Que se suscribió Convenio en fecha 21 de junio de 2024 entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid para el posicionamiento turístico
del destino Madrid como “capital mundial del flamenco” 2024-2025 por un importe de
máximo de trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos veintiún euros (399.421 euros)
con el siguiente desglose por anualidades (2024: 201.707 euros, 2025: 197.714 euros).
II. Que de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del Convenio se creó una
Comisión de Seguimiento del mismo para seguimiento y evaluación de las actividades y la
propuesta de temas específicos que se consideran de especial interés para su estudio, así
como cualquier otra que se estime conveniente.
III. Que en su reunión del 16 de junio de 2025 la Comisión de Seguimiento valoró y
aprobó la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Tablaos Flamencos de
Madrid con el objetivo de fortalecer la estrategia internacional vinculada al convenio en cuanto a una actuación más ambiciosa dentro del epígrafe “Eventos promocionales internacionales” reasignando el importe de 18.000 euros consignado para la partida de” Asistencia a Ferias Internacionales de turismo” a la partida “Eventos promocionales internacionales” sin que
la misma suponga una alteración de la cuantía total del convenio para el ejercicio 2025.
IV. Que la cláusula séptima del Convenio establece que, en cualquier momento anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda
al Convenio de 21 de junio de 2024, en los términos que se recogen en las siguientes:
BOCM-20250801-40
EXPONEN
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 182
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
40
ADENDA primera de 10 de julio de 2025, al convenio entre la Comunidad de Madrid
y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid, para el posicionamiento turístico
del destino Madrid como “Capital mundial del flamenco” 2024-2025.
En Madrid, a 10 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, en su calidad de Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comunidad de Madrid), en
virtud del nombramiento que establece el Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de
diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre de 2023), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su
intervención en concreto el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Juan Manuel del Rey Ávila, actuando en representación de la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid con CIF G-86665924 y domicilio en la calle Juan
Bravo, número 34, 28006 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con su
nombramiento en sesión de la Asamblea General de 24 de junio de 2020.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para formalizar la presente adenda y a tal efecto,
I. Que se suscribió Convenio en fecha 21 de junio de 2024 entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid para el posicionamiento turístico
del destino Madrid como “capital mundial del flamenco” 2024-2025 por un importe de
máximo de trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos veintiún euros (399.421 euros)
con el siguiente desglose por anualidades (2024: 201.707 euros, 2025: 197.714 euros).
II. Que de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del Convenio se creó una
Comisión de Seguimiento del mismo para seguimiento y evaluación de las actividades y la
propuesta de temas específicos que se consideran de especial interés para su estudio, así
como cualquier otra que se estime conveniente.
III. Que en su reunión del 16 de junio de 2025 la Comisión de Seguimiento valoró y
aprobó la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Tablaos Flamencos de
Madrid con el objetivo de fortalecer la estrategia internacional vinculada al convenio en cuanto a una actuación más ambiciosa dentro del epígrafe “Eventos promocionales internacionales” reasignando el importe de 18.000 euros consignado para la partida de” Asistencia a Ferias Internacionales de turismo” a la partida “Eventos promocionales internacionales” sin que
la misma suponga una alteración de la cuantía total del convenio para el ejercicio 2025.
IV. Que la cláusula séptima del Convenio establece que, en cualquier momento anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda
al Convenio de 21 de junio de 2024, en los términos que se recogen en las siguientes:
BOCM-20250801-40
EXPONEN