Pinto (BOCM-20250731-95)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 570
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
b) Ser funcionario/a de carrera de la categoría de Policía de cualquier Cuerpo de Policía Local de
la Comunidad de Madrid con una antigüedad mínima de tres años como personal funcionario de
carrera en la categoría y faltarle un mínimo de cinco años para el pase a la situación de segunda
actividad a que hace referencia el artículo 47 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación
de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
A los efectos de la antigüedad requerida se computará el tiempo en el que se haya permanecido
en la situación de segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
c) No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo
durante la lactancia natural.
d) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema de acceso de
movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años
según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de
Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
e) Estar en posesión de las titulaciones académicas de bachiller o equivalentes, expedidas con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar
en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la
homologación.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ser considerado/a apto/a para ejercer
adecuadamente las correspondientes funciones. Para ello se practicará el correspondiente
reconocimiento médico por los facultativos que se designen al efecto. Se realizarán cuantas
pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para
comprobar que el opositor no está incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en el
Anexo I. Dicho reconocimiento médico determinará si el aspirante cumple el requisito exigido.
La constatación, mediante el correspondiente reconocimiento médico, de que la persona reúne las
condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las funciones de la categoría
de Policía, se realizará previa al inicio del Curso Selectivo de Formación y según el contenido de
exclusiones contenido en el Anexo I.
Sin perjuicio de la finalidad de esta prueba de reconocimiento médico, a las personas aspirantes se
les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo un análisis de sangre y orina o cualquier
otra prueba o valoración psicofísica que se estime conveniente para detectar el consumo de
drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos o la aptitud psicofísica para el desarrollo de sus
funciones. La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización
de estos análisis y pruebas. Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de
dichos análisis o pruebas, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión del
proceso.
4. INSTANCIAS
4.1. Forma de presentación:
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentaran a través de la
plataforma https://pinto.convoca.online/.
Las solicitudes y posterior desarrollo de las mismas, se presentarán a través de la plataforma de
ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Pinto https://pinto.convoca.online/ ( se puede
acceder la dirección señalada o bien utilizar el icono que existe en la página web del Ayuntamiento
de Pinto “empleo púbico Ayuntamiento de Pinto”) para lo cual, será necesario identificarse con el
correspondiente certificado electrónico o cualquier otro sistema válido de identificación digital en la
plataforma, siendo actualmente los Certificados de la Dirección General de la Policía y certificados
FNMT (Certificados del sector público (fábrica de moneda y timbre).
A la solicitud se debe adjuntar toda la documentación acreditativa de los méritos alegados, tales
como titulación/es, certificados, etc., siguiendo para ello los pasos indicados en la propia
plataforma.
La plataforma de ofertas de empleo público https://pinto.convoca.online/, está diseñada para que
cada persona participante incorpore mérito a mérito, por lo que al final de la solicitud y una vez
remitida la misma, cada persona aspirante, contará con un resumen de la solicitud remitido, así
como la puntuación de los méritos obtenidos, que en cualquier caso tendrá carácter informativo
respecto del tribunal calificador, y vinculará a las personas aspirantes en relación a la
BOCM-20250731-95
Las instancias de participación se presentarán según lo establecido en la ordenanza municipal
reguladora de la utilización de medios electrónicos para acceder a la condición de empleado
público del Ayuntamiento de Pinto, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Núm. 302 de 20 de diciembre de 2023, en la que se establece entre otros, la obligatoriedad de
inscripción electrónica en procesos selectivos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 570
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
b) Ser funcionario/a de carrera de la categoría de Policía de cualquier Cuerpo de Policía Local de
la Comunidad de Madrid con una antigüedad mínima de tres años como personal funcionario de
carrera en la categoría y faltarle un mínimo de cinco años para el pase a la situación de segunda
actividad a que hace referencia el artículo 47 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación
de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
A los efectos de la antigüedad requerida se computará el tiempo en el que se haya permanecido
en la situación de segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
c) No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo
durante la lactancia natural.
d) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema de acceso de
movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años
según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de
Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
e) Estar en posesión de las titulaciones académicas de bachiller o equivalentes, expedidas con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar
en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la
homologación.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ser considerado/a apto/a para ejercer
adecuadamente las correspondientes funciones. Para ello se practicará el correspondiente
reconocimiento médico por los facultativos que se designen al efecto. Se realizarán cuantas
pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para
comprobar que el opositor no está incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en el
Anexo I. Dicho reconocimiento médico determinará si el aspirante cumple el requisito exigido.
La constatación, mediante el correspondiente reconocimiento médico, de que la persona reúne las
condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las funciones de la categoría
de Policía, se realizará previa al inicio del Curso Selectivo de Formación y según el contenido de
exclusiones contenido en el Anexo I.
Sin perjuicio de la finalidad de esta prueba de reconocimiento médico, a las personas aspirantes se
les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo un análisis de sangre y orina o cualquier
otra prueba o valoración psicofísica que se estime conveniente para detectar el consumo de
drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos o la aptitud psicofísica para el desarrollo de sus
funciones. La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización
de estos análisis y pruebas. Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de
dichos análisis o pruebas, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión del
proceso.
4. INSTANCIAS
4.1. Forma de presentación:
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentaran a través de la
plataforma https://pinto.convoca.online/.
Las solicitudes y posterior desarrollo de las mismas, se presentarán a través de la plataforma de
ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Pinto https://pinto.convoca.online/ ( se puede
acceder la dirección señalada o bien utilizar el icono que existe en la página web del Ayuntamiento
de Pinto “empleo púbico Ayuntamiento de Pinto”) para lo cual, será necesario identificarse con el
correspondiente certificado electrónico o cualquier otro sistema válido de identificación digital en la
plataforma, siendo actualmente los Certificados de la Dirección General de la Policía y certificados
FNMT (Certificados del sector público (fábrica de moneda y timbre).
A la solicitud se debe adjuntar toda la documentación acreditativa de los méritos alegados, tales
como titulación/es, certificados, etc., siguiendo para ello los pasos indicados en la propia
plataforma.
La plataforma de ofertas de empleo público https://pinto.convoca.online/, está diseñada para que
cada persona participante incorpore mérito a mérito, por lo que al final de la solicitud y una vez
remitida la misma, cada persona aspirante, contará con un resumen de la solicitud remitido, así
como la puntuación de los méritos obtenidos, que en cualquier caso tendrá carácter informativo
respecto del tribunal calificador, y vinculará a las personas aspirantes en relación a la
BOCM-20250731-95
Las instancias de participación se presentarán según lo establecido en la ordenanza municipal
reguladora de la utilización de medios electrónicos para acceder a la condición de empleado
público del Ayuntamiento de Pinto, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Núm. 302 de 20 de diciembre de 2023, en la que se establece entre otros, la obligatoriedad de
inscripción electrónica en procesos selectivos.