B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250731-19)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Ingeniero Superior, Grupo A, Subgrupo A1, del Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 340
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
-
El total de actividades formativas por el subapartado 2.1.2 no podrá superar las 500 horas
anuales o los 20 ECTS o los 50 CFC anuales.
-
Las diferentes ediciones de un mismo curso (aunque se refiera a ediciones distintas) sólo se
valorará una vez y siempre lo será el último realizado, en el apartado que le corresponda, salvo
que del contenido del curso se deduzca que es una formación distinta.
En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquéllos utilizados para cumplir alguno de los
requisitos de acceso a la categoría y especialidad a la que se aspira.
2.1.3. Formación transversal.
Se valorarán también la realización de cursos organizados por las entidades referidas anteriormente,
que estén directamente relacionados con la prevención de riesgos laborales, o se refiera a la
adquisición de competencias, habilidades y actitudes en materia transversal. Se considera materia
transversal: igualdad de género, técnicas de la comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el
acceso a la información pública, protección de datos, idiomas e informática, gestión de la calidad,
Seguridad y autonomía del paciente, investigación y estadística, derechos y obligaciones en materia
de documentación clínica, bioética y deontología profesional, gestión medioambiental dirección de
equipos, desarrollo sostenible, derechos humanos y derechos fundamentales, accesibilidad universal
y diseño para todas las personas (discapacidad), sostenibilidad y cambio climático, con independencia
de la fecha de obtención del título.
El total de actividades formativas por el subapartado 2.1.3 no podrá superar los 4 puntos.
Se valorarán teniendo en cuenta lo siguiente:
Formación certificada en créditos ECTS: 0,1 puntos por crédito.
-
Formación certificada en créditos CFC: 0,04 puntos por crédito
-
No se tendrán en cuenta aquellas actividades formativas en cuya acreditación no figuren
créditos.
-
Las diferentes ediciones de un mismo curso (aunque se refiera a ediciones distintas) sólo se
valorará una vez y siempre lo será el último realizado, en el apartado que le corresponda, salvo
que del contenido del curso se deduzca que es una formación distinta.
Docencia.
a) Por servicios prestados como Profesor, con designación oficial, en centros universitarios
impartiendo enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado relacionadas
con el programa de materias que rigen las pruebas selectivas de la categoría convocada o con
BOCM-20250731-19
2.2.
-
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 340
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
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El total de actividades formativas por el subapartado 2.1.2 no podrá superar las 500 horas
anuales o los 20 ECTS o los 50 CFC anuales.
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Las diferentes ediciones de un mismo curso (aunque se refiera a ediciones distintas) sólo se
valorará una vez y siempre lo será el último realizado, en el apartado que le corresponda, salvo
que del contenido del curso se deduzca que es una formación distinta.
En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquéllos utilizados para cumplir alguno de los
requisitos de acceso a la categoría y especialidad a la que se aspira.
2.1.3. Formación transversal.
Se valorarán también la realización de cursos organizados por las entidades referidas anteriormente,
que estén directamente relacionados con la prevención de riesgos laborales, o se refiera a la
adquisición de competencias, habilidades y actitudes en materia transversal. Se considera materia
transversal: igualdad de género, técnicas de la comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el
acceso a la información pública, protección de datos, idiomas e informática, gestión de la calidad,
Seguridad y autonomía del paciente, investigación y estadística, derechos y obligaciones en materia
de documentación clínica, bioética y deontología profesional, gestión medioambiental dirección de
equipos, desarrollo sostenible, derechos humanos y derechos fundamentales, accesibilidad universal
y diseño para todas las personas (discapacidad), sostenibilidad y cambio climático, con independencia
de la fecha de obtención del título.
El total de actividades formativas por el subapartado 2.1.3 no podrá superar los 4 puntos.
Se valorarán teniendo en cuenta lo siguiente:
Formación certificada en créditos ECTS: 0,1 puntos por crédito.
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Formación certificada en créditos CFC: 0,04 puntos por crédito
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No se tendrán en cuenta aquellas actividades formativas en cuya acreditación no figuren
créditos.
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Las diferentes ediciones de un mismo curso (aunque se refiera a ediciones distintas) sólo se
valorará una vez y siempre lo será el último realizado, en el apartado que le corresponda, salvo
que del contenido del curso se deduzca que es una formación distinta.
Docencia.
a) Por servicios prestados como Profesor, con designación oficial, en centros universitarios
impartiendo enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado relacionadas
con el programa de materias que rigen las pruebas selectivas de la categoría convocada o con
BOCM-20250731-19
2.2.
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