Delegación del Gobierno en Madrid (BOCM-20250730-46)
Área Funcional de Industria, Energía y Minas. Declaración utilidad pública
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B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE JULIO DE 2025
d) Órganos tramitadores: La tramitación será realizada por la Dirección del Área
Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Las
alegaciones se dirigirán a dicho órgano.
e) Finalidad: Aumentar la fiabilidad y la seguridad de suministro de la red de transporte en la zona de Madrid, disminuyendo la potencia de cortocircuito de la zona.
f) Presupuesto total del proyecto: 1.035.115 euros.
g) Término municipal afectado: Morata de Tajuña, Comunidad Autónoma de
Madrid.
h) Características generales del proyecto: El proyecto consiste en efectuar un Bypass
operable en la subestación de Morata 400 kV de los ejes S.S. Reyes-S.FernandoMorata 400kV y Morata-Moraleja 400 kV formándose un eje S.S. Reyes-S.Fernando-Moraleja 400 kV.
A continuación, se detallan los principales parámetros de los elementos que componen
el proyecto:
400MOT-MOR:
— Temperatura máxima de servicio del conductor: 85o C.
— Capacidad térmica de transporte por circuito:
• Verano: 1.730 MVA.
• Invierno: 2.120 MVA.
— N.o de circuitos: 1.
— N.o de conductores por fase: 3.
— Tipo de conductor: LARL-Gull (ACSR/AW).
— N.o y tipo de cables de tierra: 1 OPGW Tipo1 y 1 AWG_7N7.
— Tipo de aislamiento: Vidrio.
— Apoyos: Celosía serie 43, en triángulo y bandera.
— Cimentaciones: Macizos separados.
— Longitud aproximada: 0,61 km.
— Origen: SE Morata.
— Final: Apoyo T-2 existente.
400BLC-MOT1:
— Temperatura máxima de servicio del conductor: 85o C.
— Capacidad térmica de transporte por circuito:
• Verano: 1.730 MVA.
• Invierno: 2.120 MVA.
— N.o de circuitos: 1.
— N.o de conductores por fase: 3.
— Tipo de conductor: LARL-Gull (ACSR/AW).
— N.o y tipo de cables de tierra: 1 OPGW Tipo1 y 1 AWG_7N7.
— Tipo de aislamiento: Vidrio.
— Apoyos: Celosía serie 43 (bandera), serie 41 (capa).
— Cimentaciones: Macizos separados.
— Longitud aproximada: 0,60 km.
— Origen: Apoyo T-11R Existente.
— Final: SE Morata.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, el proyecto, al referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a
la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, emitir la Declaración, en concreto, de
Utilidad Pública.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación
de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El proyecto incluye la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto, que incluye tanto la del anuncio anterior más las incluidas en este anuncio, que se considera de
necesaria expropiación, a los efectos previstos en el artículo art. 55 Ley 24/2013 del Sector
Eléctrico y en el artículo 143 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
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BOCM-20250730-46
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE JULIO DE 2025
d) Órganos tramitadores: La tramitación será realizada por la Dirección del Área
Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Las
alegaciones se dirigirán a dicho órgano.
e) Finalidad: Aumentar la fiabilidad y la seguridad de suministro de la red de transporte en la zona de Madrid, disminuyendo la potencia de cortocircuito de la zona.
f) Presupuesto total del proyecto: 1.035.115 euros.
g) Término municipal afectado: Morata de Tajuña, Comunidad Autónoma de
Madrid.
h) Características generales del proyecto: El proyecto consiste en efectuar un Bypass
operable en la subestación de Morata 400 kV de los ejes S.S. Reyes-S.FernandoMorata 400kV y Morata-Moraleja 400 kV formándose un eje S.S. Reyes-S.Fernando-Moraleja 400 kV.
A continuación, se detallan los principales parámetros de los elementos que componen
el proyecto:
400MOT-MOR:
— Temperatura máxima de servicio del conductor: 85o C.
— Capacidad térmica de transporte por circuito:
• Verano: 1.730 MVA.
• Invierno: 2.120 MVA.
— N.o de circuitos: 1.
— N.o de conductores por fase: 3.
— Tipo de conductor: LARL-Gull (ACSR/AW).
— N.o y tipo de cables de tierra: 1 OPGW Tipo1 y 1 AWG_7N7.
— Tipo de aislamiento: Vidrio.
— Apoyos: Celosía serie 43, en triángulo y bandera.
— Cimentaciones: Macizos separados.
— Longitud aproximada: 0,61 km.
— Origen: SE Morata.
— Final: Apoyo T-2 existente.
400BLC-MOT1:
— Temperatura máxima de servicio del conductor: 85o C.
— Capacidad térmica de transporte por circuito:
• Verano: 1.730 MVA.
• Invierno: 2.120 MVA.
— N.o de circuitos: 1.
— N.o de conductores por fase: 3.
— Tipo de conductor: LARL-Gull (ACSR/AW).
— N.o y tipo de cables de tierra: 1 OPGW Tipo1 y 1 AWG_7N7.
— Tipo de aislamiento: Vidrio.
— Apoyos: Celosía serie 43 (bandera), serie 41 (capa).
— Cimentaciones: Macizos separados.
— Longitud aproximada: 0,60 km.
— Origen: Apoyo T-11R Existente.
— Final: SE Morata.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, el proyecto, al referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a
la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, emitir la Declaración, en concreto, de
Utilidad Pública.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación
de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El proyecto incluye la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto, que incluye tanto la del anuncio anterior más las incluidas en este anuncio, que se considera de
necesaria expropiación, a los efectos previstos en el artículo art. 55 Ley 24/2013 del Sector
Eléctrico y en el artículo 143 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
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