Villaviciosa de Odón (BOCM-20250729-86)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 179

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JULIO DE 2025

ta falta o infracción esté calificada como leve. No obstante, cuando se incoe el procedimiento por varias presuntas faltas o infracciones de distinta calificación, la competencia se fijará atendiendo a la calificación más alta de las posibles.
7. La iniciativa para la suscripción de convenios comprendidos dentro del ámbito
material del área de gobierno.
8. La aprobación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas
referidos a materias incluidas dentro del área de gobierno, salvo que esté delegada en otro
órgano de gobierno.
9. En materia de contratación, la competencia para iniciar el procedimiento de los
contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
10. En materia de contratación, la competencia para actuar, como órgano de contratación, en los contratos menores regulados por el artículo 118 de la Ley de Contratos del
Sector Público, en aquellos contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
11. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
12. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de obras públicas
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos derivados de solicitudes de otorgamiento de licencia para la
ejecución de calas y canalizaciones en terrenos de uso público, salvo que estén asociados a
la ejecución de obras sujetas a licencia, en cuyo caso se resolverán con el procedimiento
principal.
2. Las facultades relativas al mantenimiento y conservación de redes de alcantarillado, abastecimiento y distribución de agua y el seguimiento de los contratos o convenios
asociados a dichas redes.
3. Las facultades relativas al control y supervisión del consumo eléctrico del alumbrado público, en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a
otras áreas de gobierno sobre dicho servicio.
4. Las facultades relativas a la planificación de las actuaciones y ejecución de obras
de mantenimiento, conservación, renovación y mejora de las vías públicas, aceras y su señalética, incluyendo fuentes ornamentales y el plan de asfaltado, en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de gobierno sobre dichas infraestructuras y bienes.
5. La gestión de las relaciones con el Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S.A. con
referencia a las redes de abastecimiento de agua y de alcantarillado, y la ejecución de los
convenios firmados con dichas entidades.
6. La planificación y gestión de los proyectos de obras municipales y de los servicios
generales del Ayuntamiento, incluyendo los Proyectos de remodelación urbanística municipal.
7. La gestión de las relaciones con las compañías de suministro de servicios al municipio como gas natural, electricidad, agua potable, telefonía y comunicaciones, que no estén expresamente delegadas en otra área de gobierno.
8. La planificación, gestión y desarrollo coordinado de los programas de inversión
supramunicipal.
C. Actos administrativos en materia de subvenciones
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. La presentación de solicitudes de concesión de subvenciones o ayudas a otras administraciones o entidades.
2. Los actos que proceda dictar en los procedimientos de otorgamiento de subvenciones que tramite el Ayuntamiento, no expresamente delegados en otros órganos de gobierno.
D. Actos administrativos en materia de entidades urbanísticas
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. La representación del Ayuntamiento ante las entidades urbanísticas.

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BOCM-20250729-86

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