Villaviciosa de Odón (BOCM-20250729-77)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 29 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 179
5. La adopción de medidas cautelares en los procedimientos relativos a materias objeto de delegación (artículo 56 LPACAP), salvo que expresamente se delegue dicha facultad en otro órgano de gobierno.
6. La facultad de incoar y resolver los procedimientos de ejercicio de la potestad disciplinaria o sancionadora en las materias incluidas en el área de gobierno cuando la presunta falta o infracción esté calificada como leve. No obstante, cuando se incoe el procedimiento por varias presuntas faltas o infracciones de distinta calificación, la competencia se fijará
atendiendo a la calificación más alta de las posibles.
7. La iniciativa para la suscripción de convenios comprendidos dentro del ámbito
material del área de gobierno.
8. La aprobación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas
referidos a materias incluidas dentro del área de gobierno, salvo que esté delegada en otro
órgano de gobierno.
9. En materia de contratación, la competencia para iniciar el procedimiento de los
contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
10. En materia de contratación, la competencia para actuar, como órgano de contratación, en los contratos menores regulados por el artículo 118 de la Ley de Contratos del
Sector Público, en aquellos contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
11. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
12. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de participación ciudadana
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos derivados de las solicitudes de inscripción de Asociaciones
Vecinales en el registro municipal de asociaciones, así como la modificación de los datos y
la baja de las Asociaciones inscritas.
2. Los procedimientos de autorización de la ocupación de la vía pública para la instalación de casetas y atracciones durante las fiestas patronales y con motivo de celebraciones festivas del municipio.
3. La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y espacios municipales para la participación ciudadana.
C. Actos administrativos en materia de cultura
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos de autorizaciones de uso de los equipamientos culturales.
2. La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y equipamientos culturales.
3. La gestión de la política cultural del Ayuntamiento, lo que incluye la dirección y
organización de festivales, actuaciones artísticas, y demás eventos, proyectos y programas
relacionados con la gestión cultural.
4. Los procedimientos de acceso a los documentos conservados en el Archivo según
Ley 4/1993.
D. Actos administrativos en materia de comercio e industria
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos de solicitud de autorización para el ejercicio de actividades
industriales o mercantiles, salvo cuando vaya asociada a la ejecución de obras en los términos del artículo 22.3 del Decreto de 17 de junio de 1955 (Reglamento de Servicios de las
Corporaciones Locales), en cuyo caso la competencia para otorgar la licencia de actividad
corresponde a la Junta de Gobierno Local.
2. La declaración de eficacia o ineficacia de las declaraciones responsables presentadas para el ejercicio de actividades no expresamente delegados en la Junta de Gobierno
Local o en otras concejalías.
BOCM-20250729-77
Pág. 556
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 179
5. La adopción de medidas cautelares en los procedimientos relativos a materias objeto de delegación (artículo 56 LPACAP), salvo que expresamente se delegue dicha facultad en otro órgano de gobierno.
6. La facultad de incoar y resolver los procedimientos de ejercicio de la potestad disciplinaria o sancionadora en las materias incluidas en el área de gobierno cuando la presunta falta o infracción esté calificada como leve. No obstante, cuando se incoe el procedimiento por varias presuntas faltas o infracciones de distinta calificación, la competencia se fijará
atendiendo a la calificación más alta de las posibles.
7. La iniciativa para la suscripción de convenios comprendidos dentro del ámbito
material del área de gobierno.
8. La aprobación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas
referidos a materias incluidas dentro del área de gobierno, salvo que esté delegada en otro
órgano de gobierno.
9. En materia de contratación, la competencia para iniciar el procedimiento de los
contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
10. En materia de contratación, la competencia para actuar, como órgano de contratación, en los contratos menores regulados por el artículo 118 de la Ley de Contratos del
Sector Público, en aquellos contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
11. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
12. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de participación ciudadana
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos derivados de las solicitudes de inscripción de Asociaciones
Vecinales en el registro municipal de asociaciones, así como la modificación de los datos y
la baja de las Asociaciones inscritas.
2. Los procedimientos de autorización de la ocupación de la vía pública para la instalación de casetas y atracciones durante las fiestas patronales y con motivo de celebraciones festivas del municipio.
3. La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y espacios municipales para la participación ciudadana.
C. Actos administrativos en materia de cultura
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos de autorizaciones de uso de los equipamientos culturales.
2. La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y equipamientos culturales.
3. La gestión de la política cultural del Ayuntamiento, lo que incluye la dirección y
organización de festivales, actuaciones artísticas, y demás eventos, proyectos y programas
relacionados con la gestión cultural.
4. Los procedimientos de acceso a los documentos conservados en el Archivo según
Ley 4/1993.
D. Actos administrativos en materia de comercio e industria
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos de solicitud de autorización para el ejercicio de actividades
industriales o mercantiles, salvo cuando vaya asociada a la ejecución de obras en los términos del artículo 22.3 del Decreto de 17 de junio de 1955 (Reglamento de Servicios de las
Corporaciones Locales), en cuyo caso la competencia para otorgar la licencia de actividad
corresponde a la Junta de Gobierno Local.
2. La declaración de eficacia o ineficacia de las declaraciones responsables presentadas para el ejercicio de actividades no expresamente delegados en la Junta de Gobierno
Local o en otras concejalías.
BOCM-20250729-77
Pág. 556
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