Villaviciosa de Odón (BOCM-20250729-76)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 179
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JULIO DE 2025
6. La facultad de incoar y resolver los procedimientos de ejercicio de la potestad disciplinaria o sancionadora en las materias incluidas en el área de gobierno cuando la presunta falta o infracción esté calificada como leve. No obstante, cuando se incoe el procedimiento por varias presuntas faltas o infracciones de distinta calificación, la competencia se fijará
atendiendo a la calificación más alta de las posibles.
7. La iniciativa para la suscripción de convenios comprendidos dentro del ámbito
material del área de gobierno.
8. La aprobación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas
referidos a materias incluidas dentro del área de gobierno, salvo que esté delegada en otro
órgano de gobierno.
9. En materia de contratación, la competencia para iniciar el procedimiento de los
contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
10. En materia de contratación, la competencia para actuar, como órgano de contratación, en los contratos menores regulados por el artículo 118 de la Ley de Contratos del
Sector Público, en aquellos contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
11. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
12. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de medio ambiente:
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos sobre otorgamiento de licencias de tala y trasplante de arbolado protegido por la Ley 8/2005, de 26 de diciembre y por la Ordenanza de Protección,
Conservación y Fomento del Arbolado Público y Privado.
2. Los procedimientos sobre otorgamiento de licencia de poda extemporánea de arbolado protegido por la Ley 8/2005, de 26 de diciembre y por la Ordenanza de Protección,
Conservación y Fomento del Arbolado Público y Privado.
3. Las facultades relativas a la planificación y ejecución de campañas de sensibilización e información medioambiental.
4. Las facultades relativas a la ejecución de actuaciones dirigidas a asegurar el correcto cumplimiento y ejecución de los contratos de prestación de los servicios municipales de recogida, tratamiento y eliminación de los residuos urbanos y de mantenimiento y
conservación de parques y zonas verdes, que se ejercerán en coordinación y de manera
complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de gobierno sobre dichos servicios.
5. Las facultades relativas al diseño de planes y proyectos de eficiencia energética, que se
ejercerán en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de
gobierno sobre las instalaciones y servicios afectados por dichos planes y proyectos.
C. Actos administrativos en materia de mantenimiento y limpieza de la ciudad:
Quedan comprendidas en la delegación las siguientes facultades para dictar actos administrativos en las siguientes materias:
1. La limpieza de las vías públicas.
2. La reparación y el mantenimiento del mobiliario urbano, arbolado urbano y alumbrado público.
3. Los planes de eficiencia energética del alumbrado público
4. La limpieza y reparación de parques, jardines, zonas verdes, incluidas las existentes en las instalaciones y edificios municipales, y del resto de espacios públicos.
5. Supervisión de los contratos de mantenimiento de zonas verdes, arbolado, de limpieza de las vías públicas y recogida de residuos, y de mantenimiento del alumbrado público y del mobiliario urbano.
Dichas facultades se ejercerán en coordinación y de manera complementaria con las
funciones asignadas a otras áreas de gobierno, en relación con dichas infraestructuras y
servicios.
Pág. 553
BOCM-20250729-76
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JULIO DE 2025
6. La facultad de incoar y resolver los procedimientos de ejercicio de la potestad disciplinaria o sancionadora en las materias incluidas en el área de gobierno cuando la presunta falta o infracción esté calificada como leve. No obstante, cuando se incoe el procedimiento por varias presuntas faltas o infracciones de distinta calificación, la competencia se fijará
atendiendo a la calificación más alta de las posibles.
7. La iniciativa para la suscripción de convenios comprendidos dentro del ámbito
material del área de gobierno.
8. La aprobación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas
referidos a materias incluidas dentro del área de gobierno, salvo que esté delegada en otro
órgano de gobierno.
9. En materia de contratación, la competencia para iniciar el procedimiento de los
contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
10. En materia de contratación, la competencia para actuar, como órgano de contratación, en los contratos menores regulados por el artículo 118 de la Ley de Contratos del
Sector Público, en aquellos contratos cuyo objeto se encuentre dentro de las materias incluidas en el área de gobierno.
11. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
12. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de medio ambiente:
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos sobre otorgamiento de licencias de tala y trasplante de arbolado protegido por la Ley 8/2005, de 26 de diciembre y por la Ordenanza de Protección,
Conservación y Fomento del Arbolado Público y Privado.
2. Los procedimientos sobre otorgamiento de licencia de poda extemporánea de arbolado protegido por la Ley 8/2005, de 26 de diciembre y por la Ordenanza de Protección,
Conservación y Fomento del Arbolado Público y Privado.
3. Las facultades relativas a la planificación y ejecución de campañas de sensibilización e información medioambiental.
4. Las facultades relativas a la ejecución de actuaciones dirigidas a asegurar el correcto cumplimiento y ejecución de los contratos de prestación de los servicios municipales de recogida, tratamiento y eliminación de los residuos urbanos y de mantenimiento y
conservación de parques y zonas verdes, que se ejercerán en coordinación y de manera
complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de gobierno sobre dichos servicios.
5. Las facultades relativas al diseño de planes y proyectos de eficiencia energética, que se
ejercerán en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de
gobierno sobre las instalaciones y servicios afectados por dichos planes y proyectos.
C. Actos administrativos en materia de mantenimiento y limpieza de la ciudad:
Quedan comprendidas en la delegación las siguientes facultades para dictar actos administrativos en las siguientes materias:
1. La limpieza de las vías públicas.
2. La reparación y el mantenimiento del mobiliario urbano, arbolado urbano y alumbrado público.
3. Los planes de eficiencia energética del alumbrado público
4. La limpieza y reparación de parques, jardines, zonas verdes, incluidas las existentes en las instalaciones y edificios municipales, y del resto de espacios públicos.
5. Supervisión de los contratos de mantenimiento de zonas verdes, arbolado, de limpieza de las vías públicas y recogida de residuos, y de mantenimiento del alumbrado público y del mobiliario urbano.
Dichas facultades se ejercerán en coordinación y de manera complementaria con las
funciones asignadas a otras áreas de gobierno, en relación con dichas infraestructuras y
servicios.
Pág. 553
BOCM-20250729-76
BOCM