Madrid (BOCM-20250728-40)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 178
LUNES 28 DE JULIO DE 2025
c.
Pág. 141
El diseño de la red viaria tendrá en cuenta las recomendaciones recogidas en la
Instrucción para el diseño de la vía pública, y en particular lo establecido para las vías
locales de acceso.
Artículo 9. Proyecto de obras ordinarias de urbanización
1.
2.
3.
El proyecto de obras que se redacte para la urbanización de la vía pública propuesta en el PE
determinará las cotas altimétricas exactas de las rasantes teniendo en cuenta las cotas de
acceso existentes a las parcelas colindantes al ámbito del PE, y cumplirá las condiciones de
diseño definidas en el artículo 8 de estas normas.
El proyecto resolverá el desnivel existente de aproximadamente 1,30m entre la calle de Alonso
Quijano y la nueva área estancial que se define en el PE, permitiendo la permeabilidad peatonal
entre esta calle y el área estancial.
Se cumplirá en todo caso la normativa vigente en materia de accesibilidad universal en los
espacios libres urbanizados.
CAPÍTULO III. NORMAS DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Artículo 10. Normas generales
1.
Se dará cumplimiento a la legislación vigente en materia ambiental, así como a todas aquellas
ordenanzas municipales y normas urbanísticas que regulen aspectos ambientales. El proyecto
de obras deberá incorporar los estudios, medidas y controles ambientales necesarios, de forma
que se garantice la protección ambiental del entorno.
CAPÍTULO IV. GESTIÓN DEL ÁMBITO
Artículo 11. Ejecución del planeamiento
1.
2.
3.
La ejecución del planeamiento se llevará a cabo mediante una actuación aislada para la
obtención del suelo, urbanización y puesta en servicio de la red pública, según lo recogido en
el artículo 79.3.a de la LSCM.
Una vez calificado el suelo como dotacional para la vía pública se llevará a cabo la
correspondiente segregación de la porción correspondiente a este suelo, formalizándose su
cesión libre y gratuita a favor municipal mediante la correspondiente acta administrativa o
escritura pública de acuerdo con lo expresado en el Acta de Manifestaciones suscrita por sus
propietarios el 04/12/2023.
La ejecución del planeamiento para la nueva vía pública deberá materializarse mediante la
realización de un proyecto de obras ordinarias de urbanización definido en el artículo 1.4.5 de
las NNUU para:
“…/… a) La ejecución por la administración de las obras no incluidas en unidades
de ejecución, estén o no previstas en el planeamiento.”
4.
Se establece una previsión para la ejecución del proyecto de obras ordinarias de urbanización
en el ejercicio de 2026.
Artículo 12. Servidumbres aeronáuticas
2.
El ámbito de estudio se encuentra incluido en las zonas de Servidumbres Aeronáuticas
correspondientes al Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid-Barajas.
En el plano “SERVIDUMBRES DE OPERACIÓN DE LAS AERONAVES REAL DECRETO
1080/2009”, se representan las líneas de nivel de las superficies limitadoras de las
Servidumbres Aeronáuticas del Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid-Barajas que afectan a dicho
ámbito, las cuales determinan las alturas (respecto al nivel del mar) que no debe sobrepasar
ninguna construcción o instalación (incluidos todos sus elementos como antenas, pararrayos,
chimeneas, equipos de aire acondicionado, cajas de ascensores, carteles, remates decorativos,
etc.), plantaciones, modificaciones del terreno u objetos fijos o móviles (postes, antenas,
aerogeneradores incluidas sus palas, carteles, etc.), así como el gálibo de las infraestructuras
viarias.
BOCM-20250728-40
1.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 178
LUNES 28 DE JULIO DE 2025
c.
Pág. 141
El diseño de la red viaria tendrá en cuenta las recomendaciones recogidas en la
Instrucción para el diseño de la vía pública, y en particular lo establecido para las vías
locales de acceso.
Artículo 9. Proyecto de obras ordinarias de urbanización
1.
2.
3.
El proyecto de obras que se redacte para la urbanización de la vía pública propuesta en el PE
determinará las cotas altimétricas exactas de las rasantes teniendo en cuenta las cotas de
acceso existentes a las parcelas colindantes al ámbito del PE, y cumplirá las condiciones de
diseño definidas en el artículo 8 de estas normas.
El proyecto resolverá el desnivel existente de aproximadamente 1,30m entre la calle de Alonso
Quijano y la nueva área estancial que se define en el PE, permitiendo la permeabilidad peatonal
entre esta calle y el área estancial.
Se cumplirá en todo caso la normativa vigente en materia de accesibilidad universal en los
espacios libres urbanizados.
CAPÍTULO III. NORMAS DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Artículo 10. Normas generales
1.
Se dará cumplimiento a la legislación vigente en materia ambiental, así como a todas aquellas
ordenanzas municipales y normas urbanísticas que regulen aspectos ambientales. El proyecto
de obras deberá incorporar los estudios, medidas y controles ambientales necesarios, de forma
que se garantice la protección ambiental del entorno.
CAPÍTULO IV. GESTIÓN DEL ÁMBITO
Artículo 11. Ejecución del planeamiento
1.
2.
3.
La ejecución del planeamiento se llevará a cabo mediante una actuación aislada para la
obtención del suelo, urbanización y puesta en servicio de la red pública, según lo recogido en
el artículo 79.3.a de la LSCM.
Una vez calificado el suelo como dotacional para la vía pública se llevará a cabo la
correspondiente segregación de la porción correspondiente a este suelo, formalizándose su
cesión libre y gratuita a favor municipal mediante la correspondiente acta administrativa o
escritura pública de acuerdo con lo expresado en el Acta de Manifestaciones suscrita por sus
propietarios el 04/12/2023.
La ejecución del planeamiento para la nueva vía pública deberá materializarse mediante la
realización de un proyecto de obras ordinarias de urbanización definido en el artículo 1.4.5 de
las NNUU para:
“…/… a) La ejecución por la administración de las obras no incluidas en unidades
de ejecución, estén o no previstas en el planeamiento.”
4.
Se establece una previsión para la ejecución del proyecto de obras ordinarias de urbanización
en el ejercicio de 2026.
Artículo 12. Servidumbres aeronáuticas
2.
El ámbito de estudio se encuentra incluido en las zonas de Servidumbres Aeronáuticas
correspondientes al Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid-Barajas.
En el plano “SERVIDUMBRES DE OPERACIÓN DE LAS AERONAVES REAL DECRETO
1080/2009”, se representan las líneas de nivel de las superficies limitadoras de las
Servidumbres Aeronáuticas del Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid-Barajas que afectan a dicho
ámbito, las cuales determinan las alturas (respecto al nivel del mar) que no debe sobrepasar
ninguna construcción o instalación (incluidos todos sus elementos como antenas, pararrayos,
chimeneas, equipos de aire acondicionado, cajas de ascensores, carteles, remates decorativos,
etc.), plantaciones, modificaciones del terreno u objetos fijos o móviles (postes, antenas,
aerogeneradores incluidas sus palas, carteles, etc.), así como el gálibo de las infraestructuras
viarias.
BOCM-20250728-40
1.