D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250726-15)
Convenio – Adenda de 7 de julio de 2025, de modificación y prórroga del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin, para el desarrollo de actividades para alumnos con altas capacidades intelectuales durante el curso escolar 2024/2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE JULIO DE 2025
Pág. 149
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
15
ADENDA de 7 de julio de 2025, de modificación y prórroga del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin,
para el desarrollo de actividades para alumnos con altas capacidades intelectuales durante el curso escolar 2024/2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Ariel Mazin Mor, Secretario de la Fundación Max Mazin.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y
artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento
realizado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio).
El segundo, como representante de la Fundación Max Mazin, se halla expresamente
facultado para este otorgamiento por acuerdo del Patronato de dicha fundación en su reunión celebrada el 3 de abril de 2014, según se desprende de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, D. Martín María Recarte Casanova, el día 3 de abril de 2014.
La realización de las actividades previstas en esta adenda de modificación se ajusta
tanto a las competencias asignadas a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
como a los fines de la Fundación Max Mazin.
Las partes se reconocen capacidad y competencia para la firma del presente documento y
I. Que con fecha 30 de agosto de 2024 se suscribió un convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin para el desarrollo de actividades para
alumnos con altas capacidades intelectuales durante el curso 2024/2025. Que en las cláusulas
segunda y tercera del citado convenio se reflejaron las actividades y obligaciones que asumieron las partes y en la cláusula séptima la posibilidad de prórroga del citado acuerdo.
II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los párrafos siguientes.
III. Que es preciso incorporar una nueva cláusula tercera bis en el convenio que establezca las nuevas obligaciones que asumen las partes durante la prórroga del convenio.
IV. Que es preciso incorporar una nueva cláusula quinta bis en el convenio que establezca la actualización del calendario de los diferentes libramientos.
V. Que se considera necesario acordar la prórroga del convenio desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2029.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de modificación del convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes,
BOCM-20250726-15
EXPONEN
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE JULIO DE 2025
Pág. 149
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
15
ADENDA de 7 de julio de 2025, de modificación y prórroga del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin,
para el desarrollo de actividades para alumnos con altas capacidades intelectuales durante el curso escolar 2024/2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Ariel Mazin Mor, Secretario de la Fundación Max Mazin.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y
artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento
realizado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio).
El segundo, como representante de la Fundación Max Mazin, se halla expresamente
facultado para este otorgamiento por acuerdo del Patronato de dicha fundación en su reunión celebrada el 3 de abril de 2014, según se desprende de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, D. Martín María Recarte Casanova, el día 3 de abril de 2014.
La realización de las actividades previstas en esta adenda de modificación se ajusta
tanto a las competencias asignadas a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
como a los fines de la Fundación Max Mazin.
Las partes se reconocen capacidad y competencia para la firma del presente documento y
I. Que con fecha 30 de agosto de 2024 se suscribió un convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin para el desarrollo de actividades para
alumnos con altas capacidades intelectuales durante el curso 2024/2025. Que en las cláusulas
segunda y tercera del citado convenio se reflejaron las actividades y obligaciones que asumieron las partes y en la cláusula séptima la posibilidad de prórroga del citado acuerdo.
II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los párrafos siguientes.
III. Que es preciso incorporar una nueva cláusula tercera bis en el convenio que establezca las nuevas obligaciones que asumen las partes durante la prórroga del convenio.
IV. Que es preciso incorporar una nueva cláusula quinta bis en el convenio que establezca la actualización del calendario de los diferentes libramientos.
V. Que se considera necesario acordar la prórroga del convenio desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2029.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de modificación del convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes,
BOCM-20250726-15
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