Madrid (BOCM-20250724-43)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 175

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del decreto de 3 de julio de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la
convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para exalumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y para exalumnos/as del Colegio Público San Ildefonso
que hayan participado en los sorteos realizados por Loterías y Apuestas del Estado, curso
académico 2025/2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Beneficiarios.—Exalumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y
exalumnos/as del Colegio Público San Ildefonso con participación en los sorteos realizados
por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (en adelante, SELAE).
Segundo. Objeto.—Fomentar, al finalizar la Educación Primaria, la continuación de
estudios en los niveles posteriores del sistema educativo.
Todo ello se enmarca en el convenio suscrito, con fecha 23 de diciembre de 2024, entre
la SELAE y el Ayuntamiento de Madrid, vigente desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de
diciembre de 2025.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada
por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 125.000 euros.
Las becas y las ayudas podrán comprender los siguientes conceptos:
— Tasas y/o precios públicos, matricula, cuotas abonadas en concepto de enseñanza
reglada y/o aportaciones que hayan sido satisfechas antes de la fecha fin de presentación de las solicitudes.
— Ayuda para transporte.
— Ayuda para material educativo didáctico, necesario para los estudios realizados.
— Ayuda por rendimiento académico.
— Ayuda complementaria en función de los estudios que se soliciten.
La distribución de cuantías se realizará de acuerdo con el artículo 7 de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
comenzará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 15 de septiembre de 2025.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de
Educación, Juventud y Voluntariado y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
Séptimo. Publicación.—El decreto de concesión se publicará en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ). Además, se podrá consultar en la página web del Ayuntamiento de Madrid ( www.madrid.es ).
Octavo. Otros datos.—La solicitud de subvención se podrá presentar a través de la
sede electrónica ( https://sede.madrid.es ) o presencialmente, en las oficinas de registro del
Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la

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BDNS IDENTIF.: 846287.