A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250724-3)
Creación centro docente –  Decreto 63/2025, de 23 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Educación Secundaria Eduardo Capa en Arganda del Rey, el Instituto de Educación Secundaria Marcela de Ulloa en Colmenar de Oreja y el Instituto de Educación Secundaria Gustavo Adolfo Bécquer en Moraleja de Enmedio, para el curso escolar 2025-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 18

JUEVES 24 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 175

c) Instituto de Educación Secundaria Gustavo Adolfo Bécquer, código 28065632, situado en calle Madrid, número 53, en Moraleja de Enmedio.
2. El Instituto de Educación Secundaria Marcela de Ulloa, de Colmenar de Oreja, código 28046285, se crea por transformación de la Sección de Educación Secundaria Obligatoria, código 28046285, adscrita hasta la fecha al Instituto de Educación Secundaria Carpe
Diem, código 28040684, de Chinchón.
3. El Instituto de Educación Secundaria Gustavo Adolfo Bécquer, de Moraleja de
Enmedio, código 28065632, se crea por transformación de la Sección de Educación Secundaria Obligatoria, código 28065632, adscrita hasta la fecha al Instituto de Educación Secundaria África, código 28077907, de Fuenlabrada.
Segundo
Órganos de gobierno
1. El titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de este Decreto, y a propuesta del titular de la Dirección de Área Territorial correspondiente, podrá efectuar los nombramientos de directores de acuerdo con lo establecido en el título V, capítulo IV, artículo 137, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el
Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los
que se imparten enseñanzas escolares.
2. El claustro de profesores de los nuevos institutos de educación secundaria que se
crean por transformación, se constituirá con el profesorado correspondiente de los centros
de procedencia.
3. El proceso de elección y constitución del Consejo Escolar de los centros y sus restantes órganos de gobierno se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996,
de 26 de enero.
Tercero
Incorporación al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid
El Instituto de Educación Secundaria Eduardo Capa, que se crea mediante el presente
decreto, pasará a formar parte del Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Entrada en funcionamiento
Los centros que se crean entrarán en funcionamiento en el curso escolar 2025-2026.
Quinto
Habilitación
Se autoriza a la Consejería competente en materia de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de este decreto, debiéndose realizar
las actuaciones que resulten procedentes en relación con el personal y las enseñanzas de estos centros.
Sexto
El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de julio de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/12.229/25)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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