B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250724-7)
Concurso de traslados – Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid para el Cuerpo de Médicos Forenses
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 175
munidad, y los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, la presentarán en el Ministerio de Justicia.
4. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en otros territorios que, por tanto, figuren
en las convocatorias que simultáneamente a esta se realicen por las diferentes Administraciones.
Si se presentara más de una solicitud de participación solo se tendrá en consideración
la última.
5. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
6. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
7. Una vez recibida la solicitud, el órgano competente del último destino expedirá
una certificación original actualizada de los servicios prestados en el Cuerpo de Médicos
Forenses y desglose de los períodos desde la fecha de inicio (día, mes, año) hasta la fecha
final (día, mes, año) y la unirá a la instancia.
Asimismo, dicho órgano de personal rellenará en la cabecera de la instancia o en hoja
anexa la puntuación por idioma e indicará si el funcionario lleva en su actual destino el período legalmente establecido en el artículo 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y si
está incurso en alguna de las situaciones previstas en el artículo 43.2 de dicha norma.
Quinta
Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio,
partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al hecho de
que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos.
Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien
condiciona y acompañando fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los
concursantes no lo indicase en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a la
petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta
Baremación del concurso
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
— Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los períodos inferiores al año se
computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose
los meses como de treinta días.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los méritos
enumerados.
Adjudicación de puestos
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.
BOCM-20250724-7
Séptima
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munidad, y los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, la presentarán en el Ministerio de Justicia.
4. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en otros territorios que, por tanto, figuren
en las convocatorias que simultáneamente a esta se realicen por las diferentes Administraciones.
Si se presentara más de una solicitud de participación solo se tendrá en consideración
la última.
5. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
6. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
7. Una vez recibida la solicitud, el órgano competente del último destino expedirá
una certificación original actualizada de los servicios prestados en el Cuerpo de Médicos
Forenses y desglose de los períodos desde la fecha de inicio (día, mes, año) hasta la fecha
final (día, mes, año) y la unirá a la instancia.
Asimismo, dicho órgano de personal rellenará en la cabecera de la instancia o en hoja
anexa la puntuación por idioma e indicará si el funcionario lleva en su actual destino el período legalmente establecido en el artículo 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y si
está incurso en alguna de las situaciones previstas en el artículo 43.2 de dicha norma.
Quinta
Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio,
partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al hecho de
que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos.
Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien
condiciona y acompañando fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los
concursantes no lo indicase en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a la
petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta
Baremación del concurso
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
— Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los períodos inferiores al año se
computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose
los meses como de treinta días.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los méritos
enumerados.
Adjudicación de puestos
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.
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