Boadilla del Monte (BOCM-20250722-46)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 173

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JULIO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la convocatoria de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, correspondiente al ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
BDNS ID: 845698
Primero. Beneficiarios.—Tendrán la condición de beneficiarios para la concesión de
subvenciones y ayudas económicas con cargo a las presentes bases:

Segundo. Objeto.—En la presente convocatoria se desarrolla el procedimiento para
la concesión de subvenciones y ayudas económicas previstas para la concesión, en régimen
de concurrencia competitiva, de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades
deportivas de Boadilla del Monte. Son objeto de esta convocatoria los proyectos concretos
de fomento de las actividades físico-deportivas desde el ámbito local, en el municipio de
Boadilla del Monte, realizados en la anualidad 2024. La concesión se efectúa en régimen
de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes para establecer una
prelación entre las mismas según los criterios de valoración fijados en el apartado noveno
de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Constituye las normas reguladoras de la convocatoria, las contenidas en la misma, la Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas para la
concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones con destino a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, aprobadas en sesión plenaria el día 28 de
septiembre de 2018, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 267, de 8 de noviembre de 2018, así como en la página web del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte ( www.aytoboadilladelmonte.org ).
Las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Boadilla del Monte se regirán por
esta Ordenanza, por la Ordenanza municipal General de Subvenciones, aprobada por el Pleno el 18 de diciembre de 2020 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 63, de 16 de marzo de 2021; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (RLGS); por las restantes normas
de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Cuarto. Cuantía.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 04 340 48910 del Presupuesto General Municipal del ejercicio 2025, por un
importe total máximo de 50.000 euros.
El importe máximo del proyecto o actuación que se presente será de 10.000 euros. El
importe del proyecto o actuación deberá estar íntegramente justificado con las facturas y
demás documentos justificativos que se aporten en la cuenta justificativa. La financiación
máxima para cada proyecto será de 4.000 euros para la entidades deportivas y de 600 euros
para las personas físicas.

BOCM-20250722-46

1. Las personas físicas empadronadas en el municipio de Boadilla del Monte.
2. Las entidades deportivas, legalmente constituidas en la fecha de publicación de la
presente convocatoria, siempre que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad
para, por o dentro del término municipal de Boadilla del Monte. Los clubes y asociaciones
deportivas deberán estar inscritos, en la fecha de publicación de la presente convocatoria,
en el registro de asociaciones deportivas de la Comunidad de Madrid y en el registro de asociaciones vecinales de Boadilla del Monte.