Colmenarejo (BOCM-20250721-60)
Organizción y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 172
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por Resolución número 724/2023, de fecha 27 de junio de 2023, delegué en la Concejal D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino, entre otras, el ejercicio de las atribuciones de
Deportes, Personal y Régimen Interno, Fiestas y Eventos y Comunicación y por Resolución
número 1342/2024 de fecha 3 de septiembre de 2024, las atribuciones en materia de Seguridad Ciudadana.
Visto que es necesario por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, para dar un nuevo impulso y dinamismo a la actividad municipal por la Alcaldía, avocar la delegación de competencias en la Concejal D.a Elisa de Pedraza Fernández del
Pino en materia de Deportes delegada por Resolución número 724/2023 de 27 de junio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Avocar la competencia delegada en la Concejal D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino por Resolución número 724/2023 de 27 de junio de 2023 en materia de Deportes.
Segundo.—Delegar en el Concejal al que se le encomienda la dirección de un Área,
Concejalía o Servicio, las atribuciones y competencias genéricas y específicas que a continuación se expresan:
A don Ramon Jesús Vázquez Alfonso, concejal delegado de Juventud, Universidad,
Educación, Formación Profesional, Turismo, Comercio, Desarrollo Local, Empleo, Transportes y Deportes, el ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de:
Juventud.
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio, dentro de las competencias delegadas.
3. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
4. Dirigir la política municipal en materia de juventud, analizando y canalizando sus
necesidades y peticiones.
5. Gestión, coordinación y dirección de la Casa de la Juventud y sus actividades.
6. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
7. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
8. Gestión, supervisión de los espacios y recursos adscritos a la Concejalía de Juventud.
9. Desarrollar las iniciativas encomendadas a la Concejalía de Juventud.
10. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento
Administrativo Común, puedan adoptarse en ejercicio de las competencias delegadas.
11. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
12. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local,
de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean
aquellos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
BOCM-20250721-60
RESUELVO
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 172
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por Resolución número 724/2023, de fecha 27 de junio de 2023, delegué en la Concejal D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino, entre otras, el ejercicio de las atribuciones de
Deportes, Personal y Régimen Interno, Fiestas y Eventos y Comunicación y por Resolución
número 1342/2024 de fecha 3 de septiembre de 2024, las atribuciones en materia de Seguridad Ciudadana.
Visto que es necesario por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, para dar un nuevo impulso y dinamismo a la actividad municipal por la Alcaldía, avocar la delegación de competencias en la Concejal D.a Elisa de Pedraza Fernández del
Pino en materia de Deportes delegada por Resolución número 724/2023 de 27 de junio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Avocar la competencia delegada en la Concejal D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino por Resolución número 724/2023 de 27 de junio de 2023 en materia de Deportes.
Segundo.—Delegar en el Concejal al que se le encomienda la dirección de un Área,
Concejalía o Servicio, las atribuciones y competencias genéricas y específicas que a continuación se expresan:
A don Ramon Jesús Vázquez Alfonso, concejal delegado de Juventud, Universidad,
Educación, Formación Profesional, Turismo, Comercio, Desarrollo Local, Empleo, Transportes y Deportes, el ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de:
Juventud.
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio, dentro de las competencias delegadas.
3. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
4. Dirigir la política municipal en materia de juventud, analizando y canalizando sus
necesidades y peticiones.
5. Gestión, coordinación y dirección de la Casa de la Juventud y sus actividades.
6. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
7. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
8. Gestión, supervisión de los espacios y recursos adscritos a la Concejalía de Juventud.
9. Desarrollar las iniciativas encomendadas a la Concejalía de Juventud.
10. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento
Administrativo Común, puedan adoptarse en ejercicio de las competencias delegadas.
11. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
12. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local,
de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean
aquellos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
BOCM-20250721-60
RESUELVO