C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20250718-18)
Convenio de gestión –  Convenio de 9 de junio de 2025, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., y el Ayuntamiento de Coslada
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 170

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CANAL DE ISABEL II
18

CONVENIO de 9 de junio de 2025, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., y el Ayuntamiento de Coslada.
Madrid, a 9 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Novillo Piris.
De otra parte, D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
De otra parte, D. Mariano González Sáez.
Y de otra, D. Ángel Viveros Gutiérrez.

El primero de los citados, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (en
adelante, Comunidad de Madrid), con NIF S-7800001-E, en su condición de Consejero de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, nombrado por Decreto 43/2023, de 23 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 150, de 26 de junio de 2023), actuando en uso de las competencias que le
son propias, otorgadas por el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación
de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo previsto en el punto 3 del apartado octavo de la
Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente
a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería.
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), con NIF Q-2817017-C, Entidad de Derecho Público perteneciente a la
Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha entidad, en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de julio
de 2023, por el que se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las
facultades que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018), de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A., M. P. (en adelante, Canal), con NIF A-86488087, en su condición de Consejero Delegado de dicha Empresa Pública, en virtud de las facultades que le corresponden, conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de Canal de Isabel II, S. A., M. P., adoptado en su sesión celebrada
el día 7 de septiembre de 2023, elevado a documento público, autorizado por el Notario de
Madrid, D. Manuel Gerardo Tarrío Berjano, el día 8 de septiembre de 2023, con el n.o 959
de su protocolo.
El cuarto, en nombre y representación del Ayuntamiento de Coslada (en adelante, el
Ayuntamiento), con NIF P-2804900-E, en su condición de Alcalde-Presidente del mismo,
en virtud de las competencias que para representar al Ayuntamiento y para formalizar los
convenios en que sea parte aquél le atribuyen, respectivamente, el artículo 21.1.b) de

BOCM-20250718-18

INTERVIENEN