D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250718-31)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la modificación de manera temporal de la línea de 220 kV doble circuito Aravaca-Ventas del Batán/Mirasierra-Ventas del Batán ubicada en paseo de Extremadura, 351, en el término municipal de Madrid, solicitado por Red Eléctrica de España, S. A. U. (número de expediente: 2025P218-14-0141-00218.3/2025)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 150
VIERNES 18 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 170
paseo de Extremadura, 351, del término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación (en coordenadas UTM referidas al huso 30) son:
REFERENCIA LÍNEA
UTM ORIGEN X - Y
LONG. (m)
ACTUACIÓN
UTM FINAL X - Y
T.Serv. (kV)
Nº C.
TIPO
435287
4472581
109
NUEVA
435360
4472498
220
1
AÉREA
LA-280 DÚPLEX/0.
2025P218 RLE15864
435306
4472593
110
NUEVA
435360
4472498
220
1
2
CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO
2025P218 RLE15863
AÉREA
LA-280 DÚPLEX/0.
2025P218 RLE15865
435360
4472498
34
NUEVA
435385
4472514
220
SUBTERRÁNEA
0/RHZ1-2OL (S) 127/220 kV 1x2000 KCU+H250.
Dicha actuación consiste en la modificación de la línea de 220 kV Aravaca-Ventas del Batán/Mirasierra-Ventas del Batán en el tramo comprendido entre los apoyos existentes T-251I y
T-251D y la subestación Ventas del Batán, mediante su paso a línea aérea, de manera temporal, para su funcionamiento durante un período no superior a 3 años, a consecuencia de la obras
paseo Verde del Sur-Oeste-Soterramiento de la autovía A5. Posteriormente, tras el fin de dichas obras, se procederá de nuevo al soterramiento del tramo en cuestión, mediante la presentación de un nuevo proyecto.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución
se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de
otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
En Madrid, a 27 de junio de 2025.—La Directora General de Transición Energética y
Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/11.090/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250718-31
Tercero
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paseo de Extremadura, 351, del término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación (en coordenadas UTM referidas al huso 30) son:
REFERENCIA LÍNEA
UTM ORIGEN X - Y
LONG. (m)
ACTUACIÓN
UTM FINAL X - Y
T.Serv. (kV)
Nº C.
TIPO
435287
4472581
109
NUEVA
435360
4472498
220
1
AÉREA
LA-280 DÚPLEX/0.
2025P218 RLE15864
435306
4472593
110
NUEVA
435360
4472498
220
1
2
CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO
2025P218 RLE15863
AÉREA
LA-280 DÚPLEX/0.
2025P218 RLE15865
435360
4472498
34
NUEVA
435385
4472514
220
SUBTERRÁNEA
0/RHZ1-2OL (S) 127/220 kV 1x2000 KCU+H250.
Dicha actuación consiste en la modificación de la línea de 220 kV Aravaca-Ventas del Batán/Mirasierra-Ventas del Batán en el tramo comprendido entre los apoyos existentes T-251I y
T-251D y la subestación Ventas del Batán, mediante su paso a línea aérea, de manera temporal, para su funcionamiento durante un período no superior a 3 años, a consecuencia de la obras
paseo Verde del Sur-Oeste-Soterramiento de la autovía A5. Posteriormente, tras el fin de dichas obras, se procederá de nuevo al soterramiento del tramo en cuestión, mediante la presentación de un nuevo proyecto.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución
se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de
otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
En Madrid, a 27 de junio de 2025.—La Directora General de Transición Energética y
Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/11.090/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
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Tercero