C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250717-20)
Instrucciones adhesión convenio – Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Estrategia Digital, por la que se publican las instrucciones para la adhesión al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Secretaría de Estado de Función Pública) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Digital
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BOCM
Pág. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 169
En ambos casos, la adhesión se realizará a través del trámite disponible en la Sede
Electrónica de la Comunidad de Madrid, Administración Digital, cuyo enlace es:
https://sede.comunidad.madrid/comunicaciones-declaraciones/adhesion-convenioadministracion-digital
En el caso de los sujetos previstos en el Anexo III, la suscripción del acto de adhesión
requerirá, además, que la Entidad Local de la cual depende se haya adherido con anterioridad al Convenio y se encuentre inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal, en adelante, REOICO.
La suscripción del acto de adhesión implica la asunción del contenido obligacional del
Convenio por parte del sujeto adherido en su respectivo ámbito competencial.
Segundo
Adhesión formal al Convenio y acceso a los servicios
Una vez recibido el documento de adhesión, la Dirección General de Estrategia Digital verificará la naturaleza jurídica y pertenencia al ámbito subjetivo del Convenio de los
sujetos solicitantes e informará a la Agencia Estatal de Administración Digital de su voluntad de adhesión.
La eficacia del Convenio requerirá que el acto de adhesión se inscriba en el REOICO,
momento a partir del cual quedará formalizada la adhesión de cada uno de los sujetos.
Una vez que la Agencia Estatal de Administración Digital verifique el cumplimiento
de las especificaciones técnicas y funcionales, las entidades adheridas podrán solicitar información y alta en las distintas soluciones técnicas, que se gestionará, en todo caso, por la
propia entidad a través del Portal de Administración Electrónica Estatal.
La vigencia de la adhesión está supeditada a la duración del Convenio prevista en la
cláusula undécima.
Tercero
Son las previstas en la cláusula segunda del Convenio y que se indican a continuación:
a) Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones Red SARA.
b) Sistemas de identificación y firma electrónica:
1.o Plataforma de validación de certificados y firmas electrónicas (@firma).
2.o Plataforma de sellado de tiempo (TS@).
3.o Sistema de identificación y firma de las Administraciones Públicas (Cl@ve).
4.o Portafirmas electrónico (Port@firmas).
5.o Servicio de autenticación y autorización del personal al servicio de la administración (AutenticA).
c) Sistemas para el intercambio de información, datos y documentos entre Administraciones Públicas por medios electrónicos:
1.o Plataforma de Intermediación de datos de la Administración General del Estado para la verificación y consulta de datos y el Portfolio SCSP.
2.o Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
3.o Servicio de intercambio de documentos y expedientes electrónicos con otras
administraciones y con la Administración de Justicia.
d) Sistemas de puesta a disposición de notificaciones en formato electrónico:
1.o Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
2.o Aplicación Notific@.
e) Sistemas de apoderamiento y representación:
1.o Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del
Estado (Apodera).
2.o Punto único de consulta para la validación de la representación y habilitación
que permite la tramitación de un procedimiento administrativo en nombre del
ciudadano (Representa).
f) Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado
(RFH-AGE).
BOCM-20250717-20
Soluciones tecnológicas básicas susceptibles de acceso
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 169
En ambos casos, la adhesión se realizará a través del trámite disponible en la Sede
Electrónica de la Comunidad de Madrid, Administración Digital, cuyo enlace es:
https://sede.comunidad.madrid/comunicaciones-declaraciones/adhesion-convenioadministracion-digital
En el caso de los sujetos previstos en el Anexo III, la suscripción del acto de adhesión
requerirá, además, que la Entidad Local de la cual depende se haya adherido con anterioridad al Convenio y se encuentre inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal, en adelante, REOICO.
La suscripción del acto de adhesión implica la asunción del contenido obligacional del
Convenio por parte del sujeto adherido en su respectivo ámbito competencial.
Segundo
Adhesión formal al Convenio y acceso a los servicios
Una vez recibido el documento de adhesión, la Dirección General de Estrategia Digital verificará la naturaleza jurídica y pertenencia al ámbito subjetivo del Convenio de los
sujetos solicitantes e informará a la Agencia Estatal de Administración Digital de su voluntad de adhesión.
La eficacia del Convenio requerirá que el acto de adhesión se inscriba en el REOICO,
momento a partir del cual quedará formalizada la adhesión de cada uno de los sujetos.
Una vez que la Agencia Estatal de Administración Digital verifique el cumplimiento
de las especificaciones técnicas y funcionales, las entidades adheridas podrán solicitar información y alta en las distintas soluciones técnicas, que se gestionará, en todo caso, por la
propia entidad a través del Portal de Administración Electrónica Estatal.
La vigencia de la adhesión está supeditada a la duración del Convenio prevista en la
cláusula undécima.
Tercero
Son las previstas en la cláusula segunda del Convenio y que se indican a continuación:
a) Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones Red SARA.
b) Sistemas de identificación y firma electrónica:
1.o Plataforma de validación de certificados y firmas electrónicas (@firma).
2.o Plataforma de sellado de tiempo (TS@).
3.o Sistema de identificación y firma de las Administraciones Públicas (Cl@ve).
4.o Portafirmas electrónico (Port@firmas).
5.o Servicio de autenticación y autorización del personal al servicio de la administración (AutenticA).
c) Sistemas para el intercambio de información, datos y documentos entre Administraciones Públicas por medios electrónicos:
1.o Plataforma de Intermediación de datos de la Administración General del Estado para la verificación y consulta de datos y el Portfolio SCSP.
2.o Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
3.o Servicio de intercambio de documentos y expedientes electrónicos con otras
administraciones y con la Administración de Justicia.
d) Sistemas de puesta a disposición de notificaciones en formato electrónico:
1.o Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
2.o Aplicación Notific@.
e) Sistemas de apoderamiento y representación:
1.o Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del
Estado (Apodera).
2.o Punto único de consulta para la validación de la representación y habilitación
que permite la tramitación de un procedimiento administrativo en nombre del
ciudadano (Representa).
f) Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado
(RFH-AGE).
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Soluciones tecnológicas básicas susceptibles de acceso