C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250716-27)
Concesión subvenciones – Orden 1512/2025, de 28 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1769/2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa a la “Asociación de Desarrollo Sierra de Guadarrama-ADESGAM”, por importe de 2.610.000 euros, para la ejecución de “La Acción de Cohesión Turismo Rural” que forma parte del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2. Planes de Sostenibilidad turística en Destino) financiado con Fondos Next Generation de la Unión Europea
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 168
que forma parte del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2.
Planes de Sostenibilidad turística en Destino) financiado con Fondos Next Generation de la
Unión Europea, se configura como el instrumento para canalizar la gestión de la subvención
directa a favor de la Asociación de Desarrollo Sierra de Guadarrama-ADESGAM como entidad beneficiaria, a fin de dar cumplimiento a los hitos y objetivos CID (siglas en inglés de
la Decisión de Ejecución del Consejo) relativa a la aprobación del PRTR de España.
Habiendo identificado correcciones en la normativa específica del PRTR y Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante MRR), modificaciones en
el Acuerdo de Conferencia Sectorial, así como cambios en la Estrategia, en las actuaciones
financiadas y algunas mejoras deseables en la redacción de la Orden 1769/2023 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en lo que concierne a la normativa reguladora de las
subvenciones, se estima necesario modificarla en lo referido a los siguientes aspectos:
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se puntualiza la posibilidad de subcontratar las actuaciones
a ejecutar que se detallan en la Orden de referencia.
2. La Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
PRTR de España, para la inversión 1.2 del Componente 14 (C14.I1.2) incluye, entre otros,
los siguientes objetivos:
— Objetivo número 220 del CID, cuarto trimestre 2024: las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos los destinos beneficiarios logren como mínimo
los siguientes porcentajes de ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística.
d Ejecución del 75 % en el caso de los destinos adjudicados en 2021.
d Ejecución del 50 % en el caso de los destinos adjudicados en 2022.
d Ejecución del 25 % en el caso de los destinos adjudicados en 2023.
— Objetivo número 221 del CID, segundo trimestre 2026: finalización de todos los
proyectos incluidos en los “Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en
Destinos” y adjudicados en consonancia con los objetivos 211, 212 y 212, el 35 %
de cuyos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos.
La Decisión de Ejecución del Consejo de 17 de octubre 2023 por la que se modifica
la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación
del PRTR de España contempla la modificación de estos objetivos los cuales habrán de actualizarse en la Orden 1769/2023. Su nueva redacción es la siguiente:
— Objetivo número 220 del CID, cuarto trimestre 2024: las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos los destinos beneficiarios logren como mínimo
los siguientes porcentajes de ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística.
d Ejecución del 50 % en el caso de los destinos adjudicados en 2021.
d Ejecución del 30 % en el caso de los destinos adjudicados en 2022.
d Ejecución del 15 % en el caso de los destinos adjudicados en 2023.
— Objetivo número 221 del CID, segundo trimestre 2026: finalización de todos los
proyectos incluidos en los “Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en
Destinos” y adjudicados en consonancia con los objetivos 217, 218 y 219, el 35 %
de cuyos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos, de
conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio de “no causar un
perjuicio significativo” (DO C 58 de 18.2.2021, p.1) mediante el uso de una lista
de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental
pertinente de la UE y nacional.
3. Asimismo, se deberá detallar lo indicado en los artículos 6, 8 y 9 de la Orden
HFP/1030/2021, en relación con las obligaciones de prevención, detección, comunicación,
corrección y evaluación respecto al riesgo de fraude, corrupción y conflicto de interés; la
identificación del perceptor final de los fondos y las obligaciones de publicidad, medidas
de difusión y comunicación, respectivamente.
4. De otra parte, SETUR publicó una nueva versión de la Estrategia tras su aprobación
oficial en Comisión Sectorial de Turismo con fecha 26 de enero 2023, la cual está ahora vigente. En ella, se toma nota de los errores advertidos en el texto sobre el cumplimiento del
principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH en sus siglas en
inglés), el cumplimiento de etiquetas climáticas y el apartado 10.1 de la Estrategia relativo a
BOCM-20250716-27
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 168
que forma parte del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2.
Planes de Sostenibilidad turística en Destino) financiado con Fondos Next Generation de la
Unión Europea, se configura como el instrumento para canalizar la gestión de la subvención
directa a favor de la Asociación de Desarrollo Sierra de Guadarrama-ADESGAM como entidad beneficiaria, a fin de dar cumplimiento a los hitos y objetivos CID (siglas en inglés de
la Decisión de Ejecución del Consejo) relativa a la aprobación del PRTR de España.
Habiendo identificado correcciones en la normativa específica del PRTR y Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante MRR), modificaciones en
el Acuerdo de Conferencia Sectorial, así como cambios en la Estrategia, en las actuaciones
financiadas y algunas mejoras deseables en la redacción de la Orden 1769/2023 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en lo que concierne a la normativa reguladora de las
subvenciones, se estima necesario modificarla en lo referido a los siguientes aspectos:
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se puntualiza la posibilidad de subcontratar las actuaciones
a ejecutar que se detallan en la Orden de referencia.
2. La Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
PRTR de España, para la inversión 1.2 del Componente 14 (C14.I1.2) incluye, entre otros,
los siguientes objetivos:
— Objetivo número 220 del CID, cuarto trimestre 2024: las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos los destinos beneficiarios logren como mínimo
los siguientes porcentajes de ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística.
d Ejecución del 75 % en el caso de los destinos adjudicados en 2021.
d Ejecución del 50 % en el caso de los destinos adjudicados en 2022.
d Ejecución del 25 % en el caso de los destinos adjudicados en 2023.
— Objetivo número 221 del CID, segundo trimestre 2026: finalización de todos los
proyectos incluidos en los “Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en
Destinos” y adjudicados en consonancia con los objetivos 211, 212 y 212, el 35 %
de cuyos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos.
La Decisión de Ejecución del Consejo de 17 de octubre 2023 por la que se modifica
la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación
del PRTR de España contempla la modificación de estos objetivos los cuales habrán de actualizarse en la Orden 1769/2023. Su nueva redacción es la siguiente:
— Objetivo número 220 del CID, cuarto trimestre 2024: las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos los destinos beneficiarios logren como mínimo
los siguientes porcentajes de ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística.
d Ejecución del 50 % en el caso de los destinos adjudicados en 2021.
d Ejecución del 30 % en el caso de los destinos adjudicados en 2022.
d Ejecución del 15 % en el caso de los destinos adjudicados en 2023.
— Objetivo número 221 del CID, segundo trimestre 2026: finalización de todos los
proyectos incluidos en los “Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en
Destinos” y adjudicados en consonancia con los objetivos 217, 218 y 219, el 35 %
de cuyos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos, de
conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio de “no causar un
perjuicio significativo” (DO C 58 de 18.2.2021, p.1) mediante el uso de una lista
de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental
pertinente de la UE y nacional.
3. Asimismo, se deberá detallar lo indicado en los artículos 6, 8 y 9 de la Orden
HFP/1030/2021, en relación con las obligaciones de prevención, detección, comunicación,
corrección y evaluación respecto al riesgo de fraude, corrupción y conflicto de interés; la
identificación del perceptor final de los fondos y las obligaciones de publicidad, medidas
de difusión y comunicación, respectivamente.
4. De otra parte, SETUR publicó una nueva versión de la Estrategia tras su aprobación
oficial en Comisión Sectorial de Turismo con fecha 26 de enero 2023, la cual está ahora vigente. En ella, se toma nota de los errores advertidos en el texto sobre el cumplimiento del
principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH en sus siglas en
inglés), el cumplimiento de etiquetas climáticas y el apartado 10.1 de la Estrategia relativo a
BOCM-20250716-27
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