Colmenar Viejo (BOCM-20250715-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanza medio ambiente
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250715-59
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión ordinaria celebrada el 29 de
mayo de 2025, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal de medio ambiente,
y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones
legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y
se presenten las alegaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Colmenar Viejo, a 26 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez
Rodríguez.
(03/11.031/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 15 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250715-59
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión ordinaria celebrada el 29 de
mayo de 2025, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal de medio ambiente,
y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones
legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y
se presenten las alegaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Colmenar Viejo, a 26 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez
Rodríguez.
(03/11.031/25)
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ISSN 1989-4791