C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250715-24)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2530/2025, de 10 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2025 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 196
MARTES 15 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 167
Cuarto
Cuantía y duración de las ayudas
El presupuesto de la convocatoria asciende a 22.000.000 euros, a ejecutar durante los 5
años de duración de las ayudas. La distribución por anualidades es la siguiente:
ANUALIDAD (EUROS)
2025
2026
2027
2028
2029
TOTAL
5.324.000,00
4.169.000,00
4.169.000,00
4.169.000,00
4.169.000,00
22.000.000,00
Quinto
Características de las ayudas
Se financiarán tanto los gastos asociados a la contratación del personal investigador
doctor, como una ayuda adicional para la realización de actividades de investigación vinculadas a las líneas científico-técnicas de interés para la región indicadas en el anexo de la orden de aprobación de la convocatoria.
La ayuda anual para la contratación del personal investigador doctor se destinará al
pago de los costes salariales y de la Seguridad Social. En relación con la financiación de la
contratación del personal investigador doctor, se considerarán subvencionables los gastos
destinados al pago del salario, la cuota de la Seguridad Social de la entidad contratante y
las indemnizaciones por fin de contrato, excepto las derivadas de un despido improcedente. No serán gastos elegibles las retribuciones de naturaleza extrasalarial.
La ayuda para la contratación del personal investigador doctor tendrá las siguientes características:
a) Los costes salariales generados por la persona contratada no podrán ser inferiores
a 50.000,00 euros/año, tal y como se establece en el artículo 11 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio.
b) Durante los primeros tres años, y hasta obtener, en su caso, el certificado R3 que
acredita la evaluación positiva como investigador/a establecido/a, la ayuda concedida para financiar los costes salariales será 61.000 euros, destinándose al salario
como mínimo 45.000 euros.
c) Durante los dos últimos años, la ayuda anual otorgada a la entidad beneficiaria por
cada contrato será de 67.000 euros, destinándose al salario como mínimo 50.000
euros. En el caso de que la persona contratada no hubiese obtenido el certificado
R3, solo se considerarán gasto elegible los costes salariales hasta un máximo
de 61.000,00 euros.
Si el certificado R3 se obtuviese durante los dos últimos años, solo se considerará subvencionable la retribución de la persona contratada a partir del mes siguiente al de la obtención del certificado.
Además de la ayuda para la contratación del personal investigador doctor, se concederá una ayuda adicional de un máximo de 220.000 euros por cada contrato para cubrir, a lo
largo de la duración de la ejecución de la ayuda, los costes establecidos en el artículo 9.2 de
la Orden 2755/2023, de 26 de julio.
Sexto
Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la documentación que se refiere el artículo 15 de la Orden 2755/2023,
de 26 de julio.
Séptimo
Criterios de baremación
Las solicitudes se evaluarán de acuerdo a los siguientes criterios establecidos en el artículo 18 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, teniendo todos ellos la misma ponderación
sobre la puntuación final.
BOCM-20250715-24
Presentación de solicitudes y documentación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 196
MARTES 15 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 167
Cuarto
Cuantía y duración de las ayudas
El presupuesto de la convocatoria asciende a 22.000.000 euros, a ejecutar durante los 5
años de duración de las ayudas. La distribución por anualidades es la siguiente:
ANUALIDAD (EUROS)
2025
2026
2027
2028
2029
TOTAL
5.324.000,00
4.169.000,00
4.169.000,00
4.169.000,00
4.169.000,00
22.000.000,00
Quinto
Características de las ayudas
Se financiarán tanto los gastos asociados a la contratación del personal investigador
doctor, como una ayuda adicional para la realización de actividades de investigación vinculadas a las líneas científico-técnicas de interés para la región indicadas en el anexo de la orden de aprobación de la convocatoria.
La ayuda anual para la contratación del personal investigador doctor se destinará al
pago de los costes salariales y de la Seguridad Social. En relación con la financiación de la
contratación del personal investigador doctor, se considerarán subvencionables los gastos
destinados al pago del salario, la cuota de la Seguridad Social de la entidad contratante y
las indemnizaciones por fin de contrato, excepto las derivadas de un despido improcedente. No serán gastos elegibles las retribuciones de naturaleza extrasalarial.
La ayuda para la contratación del personal investigador doctor tendrá las siguientes características:
a) Los costes salariales generados por la persona contratada no podrán ser inferiores
a 50.000,00 euros/año, tal y como se establece en el artículo 11 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio.
b) Durante los primeros tres años, y hasta obtener, en su caso, el certificado R3 que
acredita la evaluación positiva como investigador/a establecido/a, la ayuda concedida para financiar los costes salariales será 61.000 euros, destinándose al salario
como mínimo 45.000 euros.
c) Durante los dos últimos años, la ayuda anual otorgada a la entidad beneficiaria por
cada contrato será de 67.000 euros, destinándose al salario como mínimo 50.000
euros. En el caso de que la persona contratada no hubiese obtenido el certificado
R3, solo se considerarán gasto elegible los costes salariales hasta un máximo
de 61.000,00 euros.
Si el certificado R3 se obtuviese durante los dos últimos años, solo se considerará subvencionable la retribución de la persona contratada a partir del mes siguiente al de la obtención del certificado.
Además de la ayuda para la contratación del personal investigador doctor, se concederá una ayuda adicional de un máximo de 220.000 euros por cada contrato para cubrir, a lo
largo de la duración de la ejecución de la ayuda, los costes establecidos en el artículo 9.2 de
la Orden 2755/2023, de 26 de julio.
Sexto
Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la documentación que se refiere el artículo 15 de la Orden 2755/2023,
de 26 de julio.
Séptimo
Criterios de baremación
Las solicitudes se evaluarán de acuerdo a los siguientes criterios establecidos en el artículo 18 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, teniendo todos ellos la misma ponderación
sobre la puntuación final.
BOCM-20250715-24
Presentación de solicitudes y documentación