C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250715-21)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden de 22 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación del crédito presupuestario para financiar la concesión directa en el año 2025 de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 167

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
21

ORDEN de 22 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación del crédito presupuestario para financiar la concesión directa en el año 2025 de las subvenciones para
el fomento del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de
Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Para el ejercicio 2025 se aprobó un crédito presupuestario disponible para atender las
obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de 3.000.000,00
euros, con cargo al Subconcepto 47200 (2.000.000,00 euros) y Subconcepto 77400
(1.000.000,00 euros ) del Programa 241N, Orden de 7 de marzo de 2025, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 65, de 18 de marzo), de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios
disponibles para la concesión directa en el año 2025, de las subvenciones para el fomento
del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo, mediante Acuerdo de 26 de diciembre de 2024 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 30 de diciembre de 2024), al concurrir las razones excepcionales establecidas
para la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de
acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.
RESUELVO
Primero
El importe de la ampliación del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2025, de
las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo es de 1.200.000,00 euros.
Segundo

Tercero
Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime
oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de

BOCM-20250715-21

Las referidas obligaciones se financiarán con cargo a los siguientes subconceptos del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2025:
— Subconcepto 47200 del Programa 241N: 600.000,00 euros.
— Subconcepto 77400 del Programa 241N: 600.000,00 euros.