D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250715-31)
Convenio – Adenda de 25 de junio de 2025, de prórroga del convenio de 28 de septiembre de 2023 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del Concurso Escolar Consumópolis
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BOCM
Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 167
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
31
ADENDA de 25 de junio de 2025, de prórroga del convenio de 28 de septiembre
de 2023 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y la Empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la
convocatoria autonómica del Concurso Escolar Consumópolis.
REUNIDOS
De una parte, Juan Revuelta González, en nombre y representación de la Comunidad
de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Hacienda y Función Pública, nombrado mediante Decreto 193/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de julio de 2023), y designado suplente del titular de la
Viceconsejería de Economía y Empleo mediante Orden de 20 de junio de 2025 de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo; en el ejercicio de las competencias recogidas en
la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la
que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado
de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4 de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos
competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo; en adelante denominado Patrocinado.
Y de otra, José Mariano Fernández-Álava de la Vega, en nombre y representación de
El Corte Inglés, S. A. con NIF: A-28017895, según escritura pública otorgada en fecha cuatro de abril de 2025, ante el Notario de Madrid D. Juan Aznar de la Haza bajo el número 1874
de su protocolo, en adelante denominado Patrocinador.
Intervienen en nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas las partes del convenio y se reconocen, mutua y respectivamente, la competencia y la
capacidad jurídica suficiente para formalizar la presente adenda de prórroga y a tal efecto,
I. Que el 28 de septiembre de 2023 se suscribió el convenio de colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés S.A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso
escolar Consumópolis.
II. Que el objeto de dicho convenio fue establecer las condiciones en las que se lleva a cabo el acuerdo de patrocinio entre el Patrocinador y el Patrocinado para la dotación
de los premios del Concurso Escolar Consumópolis, cuya finalidad es la de elevar la protección de las personas consumidoras y usuarias de la Comunidad de Madrid impulsando
la información, formación y educación de todos los consumidores, a cuyo efecto el Patrocinador participa en la promoción del Concurso Escolar Consumópolis sobre consumo responsable, cuyas convocatorias autonómicas corresponden al Patrocinado, contribuyendo a
su conocimiento y divulgación, así como a la participación de los escolares y profesores de
la Comunidad de Madrid, mediante una aportación.
III. Que en la cláusula séptima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron que
el convenio surtiría efectos desde su firma y tendría vigencia hasta el 30 de junio de 2024, una
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MARTES 15 DE JULIO DE 2025
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31
ADENDA de 25 de junio de 2025, de prórroga del convenio de 28 de septiembre
de 2023 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y la Empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la
convocatoria autonómica del Concurso Escolar Consumópolis.
REUNIDOS
De una parte, Juan Revuelta González, en nombre y representación de la Comunidad
de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Hacienda y Función Pública, nombrado mediante Decreto 193/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de julio de 2023), y designado suplente del titular de la
Viceconsejería de Economía y Empleo mediante Orden de 20 de junio de 2025 de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo; en el ejercicio de las competencias recogidas en
la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la
que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado
de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4 de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos
competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo; en adelante denominado Patrocinado.
Y de otra, José Mariano Fernández-Álava de la Vega, en nombre y representación de
El Corte Inglés, S. A. con NIF: A-28017895, según escritura pública otorgada en fecha cuatro de abril de 2025, ante el Notario de Madrid D. Juan Aznar de la Haza bajo el número 1874
de su protocolo, en adelante denominado Patrocinador.
Intervienen en nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas las partes del convenio y se reconocen, mutua y respectivamente, la competencia y la
capacidad jurídica suficiente para formalizar la presente adenda de prórroga y a tal efecto,
I. Que el 28 de septiembre de 2023 se suscribió el convenio de colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés S.A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso
escolar Consumópolis.
II. Que el objeto de dicho convenio fue establecer las condiciones en las que se lleva a cabo el acuerdo de patrocinio entre el Patrocinador y el Patrocinado para la dotación
de los premios del Concurso Escolar Consumópolis, cuya finalidad es la de elevar la protección de las personas consumidoras y usuarias de la Comunidad de Madrid impulsando
la información, formación y educación de todos los consumidores, a cuyo efecto el Patrocinador participa en la promoción del Concurso Escolar Consumópolis sobre consumo responsable, cuyas convocatorias autonómicas corresponden al Patrocinado, contribuyendo a
su conocimiento y divulgación, así como a la participación de los escolares y profesores de
la Comunidad de Madrid, mediante una aportación.
III. Que en la cláusula séptima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron que
el convenio surtiría efectos desde su firma y tendría vigencia hasta el 30 de junio de 2024, una
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