D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250429-41)
Convenio – Convenio de 2 de abril de 2025, de cooperación educativa, entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 101
12. Cualquiera de las partes podrá rescindir el período de prácticas por causas debidamente justificadas.
Cuarta
Obligaciones de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
1. Ofrecer plazas de prácticas indicando la oferta específica para cada centro o servicio, atendiendo a sus posibilidades, teniendo como criterio que no se altere el funcionamiento normal de los centros y servicios.
2. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del centro o servicio
y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
3. Nombrar un profesional-tutor responsable del programa de formación del estudiante y encargado de las relaciones con el tutor académico que nombre la Universidad de
Alcalá. El profesional-tutor de la Consejería será una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva.
4. Realizar y remitir al tutor académico de la Universidad de Alcalá a la conclusión
de las prácticas, un informe final de evaluación según el modelo facilitado por la Universidad de Alcalá.
5. Emitir al estudiante que lo solicite un documento acreditativo en el que se reconozca el tiempo de prácticas realizado, así como su contenido. Dicho documento será facilitado por el centro o servicio en el que haya realizado las prácticas.
6. Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación
en la Universidad de Alcalá.
7. Informar por escrito en el plazo de un día, al responsable académico de las prácticas en la Universidad de Alcalá, de las incidencias surgidas durante la realización de las
prácticas de los estudiantes, que afecten al normal desarrollo de las prácticas o a las normas
de convivencia del centro o servicio, o que tengan repercusión en la gestión de las obligaciones de la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación, será considerado
como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución
del convenio.
Quinta
La Universidad de Alcalá tomará bajo su responsabilidad y a su cargo las siguientes
actuaciones:
a) Elaborar un modelo de Anexo a este convenio para cada período académico de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades
formativas que desarrollará y el calendario para cada período de prácticas.
— El número de plazas y los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para los que se solicita la inclusión de estudiantes,
admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o
situaciones especiales de ambas instituciones.
b) Designar un tutor o tutores académicos que velarán por el normal desarrollo del
proyecto formativo, que colaborará con el profesional-tutor del centro o servicio
designado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en todos
aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por el profesional-tutor del centro o servicio de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, al menos a través de la correspondiente certificación. Podrá proponer que reciban el certificado de “Tutor/a
en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas desde la Universidad de Alcalá que realizará los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento.
d) En su caso, la oferta formativa para el profesional-tutor del centro o servicio de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, indicando las condiciones especiales ofrecidas.
BOCM-20250429-41
Obligaciones de la Universidad de Alcalá
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 101
12. Cualquiera de las partes podrá rescindir el período de prácticas por causas debidamente justificadas.
Cuarta
Obligaciones de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
1. Ofrecer plazas de prácticas indicando la oferta específica para cada centro o servicio, atendiendo a sus posibilidades, teniendo como criterio que no se altere el funcionamiento normal de los centros y servicios.
2. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del centro o servicio
y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
3. Nombrar un profesional-tutor responsable del programa de formación del estudiante y encargado de las relaciones con el tutor académico que nombre la Universidad de
Alcalá. El profesional-tutor de la Consejería será una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva.
4. Realizar y remitir al tutor académico de la Universidad de Alcalá a la conclusión
de las prácticas, un informe final de evaluación según el modelo facilitado por la Universidad de Alcalá.
5. Emitir al estudiante que lo solicite un documento acreditativo en el que se reconozca el tiempo de prácticas realizado, así como su contenido. Dicho documento será facilitado por el centro o servicio en el que haya realizado las prácticas.
6. Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación
en la Universidad de Alcalá.
7. Informar por escrito en el plazo de un día, al responsable académico de las prácticas en la Universidad de Alcalá, de las incidencias surgidas durante la realización de las
prácticas de los estudiantes, que afecten al normal desarrollo de las prácticas o a las normas
de convivencia del centro o servicio, o que tengan repercusión en la gestión de las obligaciones de la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación, será considerado
como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución
del convenio.
Quinta
La Universidad de Alcalá tomará bajo su responsabilidad y a su cargo las siguientes
actuaciones:
a) Elaborar un modelo de Anexo a este convenio para cada período académico de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades
formativas que desarrollará y el calendario para cada período de prácticas.
— El número de plazas y los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para los que se solicita la inclusión de estudiantes,
admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o
situaciones especiales de ambas instituciones.
b) Designar un tutor o tutores académicos que velarán por el normal desarrollo del
proyecto formativo, que colaborará con el profesional-tutor del centro o servicio
designado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en todos
aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por el profesional-tutor del centro o servicio de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, al menos a través de la correspondiente certificación. Podrá proponer que reciban el certificado de “Tutor/a
en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas desde la Universidad de Alcalá que realizará los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento.
d) En su caso, la oferta formativa para el profesional-tutor del centro o servicio de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, indicando las condiciones especiales ofrecidas.
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