D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250429-18)
Cesión de uso – Orden de 21 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la reversión al patrimonio de la Comunidad de Madrid de la parcela sita en Avenida de Pablo Neruda 140, en Madrid, propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 21 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la reversión al patrimonio de la Comunidad de
Madrid de la parcela sita en Avenida de Pablo Neruda 140, en Madrid, propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (en adelante AVS), organismo autónomo mercantil, adscrito actualmente a la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, es titular del terreno sin edificar situado en la Avenida de Pablo Neruda 140,
situado en el Distrito Puente de Vallecas (Palomeras Bajas), en Madrid, con una superficie
de suelo de 3.444 m2 según planeamiento y superficie catastral de 3.413 m2, con la siguiente descripción registral: Parcela de terreno denominada B.1 de forma rectangular de tres mil
cuatrocientos cuarenta y tres con cincuenta metros cuadrados de superficie total, situada en
la manzana E.2.10 del 14.5 Palomeras Bajas, que linda: al Norte, en línea de cuarenta y siete, cincuenta metros con fachada exterior a la calle peatonal Cleopatra, Sur, en línea de cuarenta y siete, cincuenta metros, con fachada exterior a la Avenida de Pablo Neruda, Este, en
línea de setenta y dos, cincuenta metros con fachada exterior a la calle El Padrino, y al Oeste, en línea de setenta y dos, cincuenta metros, con fachada interior a la calle de servicio para
acceso de vehículos de extinción de incendios.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Madrid, al tomo 1.460, libro 1448,
folio 161, finca registral 130633, a nombre del Instituto de la Vivienda de Madrid (en adelante IVIMA), hoy AVS, por título adjudicación, conforme a la inscripción 1 con fecha 23
de junio de 2000. Referencia catastral: 3905503VK4730F0001JH.
Esta parcela fue transferida por la Comunidad de Madrid al antiguo IVIMA, por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 9 de marzo de 2000, constituyendo la mencionada finca registral número 130.633, segregada de la finca registral número 97.277, del Registro de
la Propiedad número 10 de Madrid, clasificada entonces como suelo urbano y calificada
como uso terciario.
Mediante Resolución del Director Gerente del IVIMA de fecha 10 de mayo de 2000,
se acepta la transferencia a favor del IVIMA de la parcela “B.1” de 3.443, 50 m2.
Posteriormente, mediante Orden del Consejero de Hacienda 19 de mayo de 2000, se hace
constar que en el texto de transferencia de la parcela al IVIMA no se indicaba el destino y las
condiciones de la misma por lo que, a los efectos de expresar el destino y condiciones del bien
cedido en la citada Orden en relación con la finca segregada, se indica lo siguiente:
“… se destinará a las funciones propias de dicho Instituto de conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 1/1993, de 14 de enero, de reordenación de funciones y organización del Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de
Madrid.
Que todas las actuaciones que se realicen en la parcela cedida están condicionadas
al cumplimiento de la normativa urbanísticamente aplicable.
Que si el bien cedido no fuera destinado al fin previsto en la presente Orden, o deja
de ser destinado al uso previsto, la cesión se considerará resuelta, revertiendo el
bien a la Comunidad de Madrid…”.
En virtud de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de
Madrid, Exp. 711/2006/22418, “Ámbitos de suelo dotacional colectivo del distrito de Vallecas” (MPG.13.308), en el ámbito de ordenación API.13.10 Palomeras Bajas, Madrid Sur,
aprobada por Orden 1554/2007, de 19 de junio del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26/9/2007),
esta parcela pasa a tener uso dotacional administración pública.
Transcurridos 25 años desde la transferencia la parcela no se ha destinado al fin previsto en la Orden del Consejero de Hacienda de fecha 19 de mayo de 2000, habida cuenta,
que la Agencia de Vivienda Social no ha destinado la parcela que le fue transferida por la
Comunidad de Madrid a la promoción de vivienda protegida, debido a los usos urbanísti-
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025
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ORDEN de 21 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la reversión al patrimonio de la Comunidad de
Madrid de la parcela sita en Avenida de Pablo Neruda 140, en Madrid, propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (en adelante AVS), organismo autónomo mercantil, adscrito actualmente a la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, es titular del terreno sin edificar situado en la Avenida de Pablo Neruda 140,
situado en el Distrito Puente de Vallecas (Palomeras Bajas), en Madrid, con una superficie
de suelo de 3.444 m2 según planeamiento y superficie catastral de 3.413 m2, con la siguiente descripción registral: Parcela de terreno denominada B.1 de forma rectangular de tres mil
cuatrocientos cuarenta y tres con cincuenta metros cuadrados de superficie total, situada en
la manzana E.2.10 del 14.5 Palomeras Bajas, que linda: al Norte, en línea de cuarenta y siete, cincuenta metros con fachada exterior a la calle peatonal Cleopatra, Sur, en línea de cuarenta y siete, cincuenta metros, con fachada exterior a la Avenida de Pablo Neruda, Este, en
línea de setenta y dos, cincuenta metros con fachada exterior a la calle El Padrino, y al Oeste, en línea de setenta y dos, cincuenta metros, con fachada interior a la calle de servicio para
acceso de vehículos de extinción de incendios.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Madrid, al tomo 1.460, libro 1448,
folio 161, finca registral 130633, a nombre del Instituto de la Vivienda de Madrid (en adelante IVIMA), hoy AVS, por título adjudicación, conforme a la inscripción 1 con fecha 23
de junio de 2000. Referencia catastral: 3905503VK4730F0001JH.
Esta parcela fue transferida por la Comunidad de Madrid al antiguo IVIMA, por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 9 de marzo de 2000, constituyendo la mencionada finca registral número 130.633, segregada de la finca registral número 97.277, del Registro de
la Propiedad número 10 de Madrid, clasificada entonces como suelo urbano y calificada
como uso terciario.
Mediante Resolución del Director Gerente del IVIMA de fecha 10 de mayo de 2000,
se acepta la transferencia a favor del IVIMA de la parcela “B.1” de 3.443, 50 m2.
Posteriormente, mediante Orden del Consejero de Hacienda 19 de mayo de 2000, se hace
constar que en el texto de transferencia de la parcela al IVIMA no se indicaba el destino y las
condiciones de la misma por lo que, a los efectos de expresar el destino y condiciones del bien
cedido en la citada Orden en relación con la finca segregada, se indica lo siguiente:
“… se destinará a las funciones propias de dicho Instituto de conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 1/1993, de 14 de enero, de reordenación de funciones y organización del Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de
Madrid.
Que todas las actuaciones que se realicen en la parcela cedida están condicionadas
al cumplimiento de la normativa urbanísticamente aplicable.
Que si el bien cedido no fuera destinado al fin previsto en la presente Orden, o deja
de ser destinado al uso previsto, la cesión se considerará resuelta, revertiendo el
bien a la Comunidad de Madrid…”.
En virtud de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de
Madrid, Exp. 711/2006/22418, “Ámbitos de suelo dotacional colectivo del distrito de Vallecas” (MPG.13.308), en el ámbito de ordenación API.13.10 Palomeras Bajas, Madrid Sur,
aprobada por Orden 1554/2007, de 19 de junio del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26/9/2007),
esta parcela pasa a tener uso dotacional administración pública.
Transcurridos 25 años desde la transferencia la parcela no se ha destinado al fin previsto en la Orden del Consejero de Hacienda de fecha 19 de mayo de 2000, habida cuenta,
que la Agencia de Vivienda Social no ha destinado la parcela que le fue transferida por la
Comunidad de Madrid a la promoción de vivienda protegida, debido a los usos urbanísti-
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