C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250428-22)
Tablas valoración series documentales – Resolución ELI/2/2025, de 11 de abril, del Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, por la que se aprueba la eliminación de determinadas fracciones temporales de series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
RESOLUCIÓN ELI/2/2025, de 11 de abril, del Director General de Patrimonio
Cultural y Oficina del Español, por la que se aprueba la eliminación de determinadas fracciones temporales de series documentales de titularidad pública de la
Administración de la Comunidad de Madrid.
El apartado 1 del artículo 55 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid establece que, la eliminación de los documentos tiene el carácter de un procedimiento administrativo especial consistente en la exclusión y destrucción física de los documentos, tanto en soporte tradicional como electrónico, en su condición de bienes
de dominio público. En cualquier caso, los documentos custodiados en los archivos que forman parte del Sistema de Archivos de la Comunidad de Madrid no podrán ser destruidos mientras subsista su valor probatorio de derechos y obligaciones de las personas o de las entidades
públicas; así como tampoco cuando se considere que puedan tener en el futuro valor informativo o histórico. Asimismo, el apartado 2 del artículo 55 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que eliminación de los documentos sólo podrá realizarse conforme a los criterios establecidos en las Tablas de Valoración dictaminadas favorablemente por la Comisión de Acceso
y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid.
El artículo 56.1.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que los dictámenes sobre la autorización de eliminación de documentos de la Comisión de Acceso y Valoración
de Documentos de la Comunidad de Madrid serán preceptivos y vinculantes, debiendo ser
aprobados, salvo en los ámbitos previstos en las letras c), d) y e) de dicho apartado, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.
El artículo 24.3.c) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que es función de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid emitir dictamen
preceptivo y vinculante sobre la autorización de eliminación de aquellos documentos que, extinguido su valor probatorio de derechos y obligaciones, carezcan de interés para la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca.
Además, de conformidad con las previsiones del apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, el Consejo de Archivos de la Comunidad
de Madrid, conformado y articulado conforme al Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que aprueba el Reglamento de composición, organización y
funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, asumirá, durante el
plazo máximo e improrrogable de dos años establecido en el apartado 1, las funciones establecidas en el artículo 24.3 para la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de
la Comunidad de Madrid.
Por último, el artículo 13.4 del Reglamento de composición, organización y funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, creó la Comisión Evaluadora de
Documentos de Archivo como comisión sectorial del Consejo de Archivos. Así, de conformidad con lo previsto en el apartado 1 del citado artículo 13, el Pleno del Consejo de Archivos aprobó por el Acuerdo de 4 de junio de 2019 sus funciones, composición, organización y funcionamiento. Asimismo, por el Acuerdo de 15 de diciembre de 2023, el Pleno del
Consejo estableció delegar la función de emitir dictamen preceptivo y vinculante sobre la
autorización de eliminación de documentos de titularidad pública en la Comisión Evaluadora de Documentos de Archivo, es decir, la función que, en virtud del apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, antes citado, tiene atribuido el
Pleno del Consejo de Archivos de conformidad con lo establecido en el artículo 24.3.c) de la
precitada Ley 6/2023, de 30 de marzo.
En cumplimiento de lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 55 y en el artículo 56.1.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad
de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.3.c) y en el apartado 2 de la
Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, visto el certificado del
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B.O.C.M. Núm. 100
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
RESOLUCIÓN ELI/2/2025, de 11 de abril, del Director General de Patrimonio
Cultural y Oficina del Español, por la que se aprueba la eliminación de determinadas fracciones temporales de series documentales de titularidad pública de la
Administración de la Comunidad de Madrid.
El apartado 1 del artículo 55 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid establece que, la eliminación de los documentos tiene el carácter de un procedimiento administrativo especial consistente en la exclusión y destrucción física de los documentos, tanto en soporte tradicional como electrónico, en su condición de bienes
de dominio público. En cualquier caso, los documentos custodiados en los archivos que forman parte del Sistema de Archivos de la Comunidad de Madrid no podrán ser destruidos mientras subsista su valor probatorio de derechos y obligaciones de las personas o de las entidades
públicas; así como tampoco cuando se considere que puedan tener en el futuro valor informativo o histórico. Asimismo, el apartado 2 del artículo 55 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que eliminación de los documentos sólo podrá realizarse conforme a los criterios establecidos en las Tablas de Valoración dictaminadas favorablemente por la Comisión de Acceso
y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid.
El artículo 56.1.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que los dictámenes sobre la autorización de eliminación de documentos de la Comisión de Acceso y Valoración
de Documentos de la Comunidad de Madrid serán preceptivos y vinculantes, debiendo ser
aprobados, salvo en los ámbitos previstos en las letras c), d) y e) de dicho apartado, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.
El artículo 24.3.c) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que es función de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid emitir dictamen
preceptivo y vinculante sobre la autorización de eliminación de aquellos documentos que, extinguido su valor probatorio de derechos y obligaciones, carezcan de interés para la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca.
Además, de conformidad con las previsiones del apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, el Consejo de Archivos de la Comunidad
de Madrid, conformado y articulado conforme al Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que aprueba el Reglamento de composición, organización y
funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, asumirá, durante el
plazo máximo e improrrogable de dos años establecido en el apartado 1, las funciones establecidas en el artículo 24.3 para la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de
la Comunidad de Madrid.
Por último, el artículo 13.4 del Reglamento de composición, organización y funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, creó la Comisión Evaluadora de
Documentos de Archivo como comisión sectorial del Consejo de Archivos. Así, de conformidad con lo previsto en el apartado 1 del citado artículo 13, el Pleno del Consejo de Archivos aprobó por el Acuerdo de 4 de junio de 2019 sus funciones, composición, organización y funcionamiento. Asimismo, por el Acuerdo de 15 de diciembre de 2023, el Pleno del
Consejo estableció delegar la función de emitir dictamen preceptivo y vinculante sobre la
autorización de eliminación de documentos de titularidad pública en la Comisión Evaluadora de Documentos de Archivo, es decir, la función que, en virtud del apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, antes citado, tiene atribuido el
Pleno del Consejo de Archivos de conformidad con lo establecido en el artículo 24.3.c) de la
precitada Ley 6/2023, de 30 de marzo.
En cumplimiento de lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 55 y en el artículo 56.1.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad
de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.3.c) y en el apartado 2 de la
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