Villar del Olmo (BOCM-20250428-70)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
VILLAR DEL OLMO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250428-70
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos que afecta a su artículo 6. Cuota tributaria, el Pleno de
esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de abril de 2025, acordó la aprobación
provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar
las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las
dependencias municipales.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica
de esta entidad https://villardelolmo.sedelectronica.es/.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, el acuerdo de
aprobación provisional vendrá en definitivo.
Villar del Olmo, a 14 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.
(03/6.182/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 100
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AYUNTAMIENTO DE
70
VILLAR DEL OLMO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250428-70
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos que afecta a su artículo 6. Cuota tributaria, el Pleno de
esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de abril de 2025, acordó la aprobación
provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar
las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las
dependencias municipales.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica
de esta entidad https://villardelolmo.sedelectronica.es/.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, el acuerdo de
aprobación provisional vendrá en definitivo.
Villar del Olmo, a 14 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.
(03/6.182/25)
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