Fuente el Saz de Jarama (BOCM-20250428-52)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 100

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENTE EL SAZ DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se hace público para general conocimiento que, la Alcaldía-Presidencia, el día 14 de
abril de 2025, ha dictado el decreto 325A/2025, la sustitución de Alcaldía, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones.
Considerando que el titular de la Alcaldía permanecerá ausente del municipio los días 14 de
abril de 2025 al 20 de abril de 2025, ambos inclusive.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; 44 y 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, y 31 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración
Local de la Comunidad de Madrid,

1.o Conferir expresa delegación de todas mis atribuciones, conforme al artículo 47.1
del ROF, en los Sres. tenientes de alcalde, nombrados por la Alcaldía, y por este orden y
condiciones:
— 1.o D.a Beatriz Sánchez García.
— 2.o D. Luis Miguel Prieto Organero.
— 3.o D. Saulo Valderrábano González.
Por el orden de su nombramiento (decreto de Alcaldía número 630, de 21 de junio de 2024),
sustituyéndose siempre que se den idénticas y acreditadas razones de ausencia por más de 24 horas del término municipal, enfermedad o impedimento justificado, mediante documento firmado
que el teniente de alcalde remitirá a la Secretaría del Ayuntamiento, y dejando ésta constancia de
las mismas en el orden sucesivo, y que se notificará al teniente de alcalde sustituto, y al resto de
los miembros de la Corporación.
2.o La delegación comprende todas las atribuciones de la Alcaldía, sin que pueda revocar las delegaciones ya conferidas por la Presidencia, conforme al artículo 48 del Real
Decreto 2568/1986.
El tiempo de la sustitución será el consignado, no obstante, será por menor plazo si la
titular de la Alcaldía anticipa y retoma el ejercicio del cargo, circunstancia que se comunicará al Sr. teniente de alcalde delegado.
La presente delegación no requiere aceptación por parte de los tenientes de alcalde delegados, al constituir la sustitución una obligación propia e inherente al cargo de teniente
de alcalde.
La delegación surte efectos a partir del primer día de la fecha de sustitución.
3.o Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de
anuncios.
4.o Notificar la presente resolución a los tenientes de alcalde.
5.o Dar cuenta al resto de miembros de la Corporación.
Así lo decreta y firma la Sra. alcaldesa-presidenta, de lo que yo, el secretario, tomo razón a los únicos efectos de dar fe pública y transcripción al Libro de Resoluciones.
Fuente el Saz de Jarama, a 15 de abril de 2025.—La alcaldesa en funciones, Beatriz
Sánchez García.
(03/6.223/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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