Las Rozas de Madrid (BOCM-20250428-58)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025

Pág. 195

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Con fecha 7 de marzo de 2025, y número de registro en el Libro de Decretos 1317/2025,
el alcalde-presidente, ha dictado el siguiente:
Expediente número: 10/2024.
Procedimiento: delegaciones y avocaciones de competencias.
“DECRETO
Siendo necesario agilizar el otorgamiento de autorizaciones de rodajes de tal forma
que no sea necesario esperar a la celebración semanal de sesión por la Junta de Gobierno
Local, procede efectuar la delegación de competencia que más adelante se indica.
En consecuencia,
HE RESUELTO

BOCM-20250428-58

Efectuar la delegación genérica que se indica, que incluye la facultad resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación
de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal
que, mediante este Decreto, se asignan:
Primero.—A D. Ángel Luis Fernández-Polo Alonso, se delega en el ámbito de los
asuntos referentes a Presidencia y Portavocía del Gobierno, la siguiente facultad:
— El otorgamiento de autorizaciones de rodaje de productos audiovisuales, en los
términos contenidos en la ordenanza municipal reguladora.
Segundo.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del
presente decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
Tercero.—La delegación de competencias efectuada bajo el presente decreto deberá ser
aceptada por la concejal-delegado, entendiéndose que manifiesta tácitamente su consentimiento si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación, no expresa lo contrario.
Cuarto.—El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse,
además, en la intranet municipal para conocimiento de toda la organización municipal.
Quinto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del
mismo”.
Las Rozas de Madrid, a 14 de abril de 2025.—El director de la Oficina de Apoyo a la
Junta de Gobierno Local, Antonio Díaz Calvo.
(03/6.220/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791