Las Rozas de Madrid (BOCM-20250428-56)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 100
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
“Decreto
Siendo necesario mejorar la eficiencia y la eficacia de los servicios correspondientes
al Área de Mujer de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales, procede efectuar la modificación de la delegación de competencias que más adelante se indican.
En consecuencia,
Efectuar las delegaciones genéricas que se indican, que incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros comprendiendo, en todo caso, la
delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración
Municipal que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A D. Ángel Luis Fernández-Polo Alonso, concejal-delegado de Presidencia
y Portavocía del Gobierno, la siguiente facultad:
— La realización de actuaciones contra la violencia de género, incluidas las correspondientes al desarrollo del convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para
la realización de actuaciones en materia de violencia de género, sin perjuicio de
que la organización de la Semana de la Mujer sea desarrollada por la titular de la
Concejalía de Familia y Servicios Sociales, bajo la presidencia de su titular.
Segundo.—A D.a Alba Monteiro de Oliveira Gil, concejala-delegada de Economía,
Innovación y Empleo, la siguiente facultad:
— La realización de actuaciones para la promoción al empleo en igualdad dirigido a
mujeres y dirigido a empresas, incluidas las correspondientes al convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para la promoción de igualdad de oportunidades
de mujeres y hombres.
Tercero.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del
presente decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
Cuarto.—La delegación de competencias efectuada bajo el presente decreto deberá ser
aceptada por los concejales-delegados, entendiéndose que manifiestan tácitamente su consentimiento si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación, no expresan lo
contrario.
Quinto.—El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse, además, en la intranet municipal para conocimiento de toda la organización municipal.
Sexto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del
mismo”.
Las Rozas de Madrid, a 14 de abril de 2025.—El director de la Oficina de Apoyo a la
Junta de Gobierno Local, Antonio Díaz Calvo.
(03/6.208/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250428-56
HE RESUELTO
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 100
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
“Decreto
Siendo necesario mejorar la eficiencia y la eficacia de los servicios correspondientes
al Área de Mujer de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales, procede efectuar la modificación de la delegación de competencias que más adelante se indican.
En consecuencia,
Efectuar las delegaciones genéricas que se indican, que incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros comprendiendo, en todo caso, la
delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración
Municipal que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A D. Ángel Luis Fernández-Polo Alonso, concejal-delegado de Presidencia
y Portavocía del Gobierno, la siguiente facultad:
— La realización de actuaciones contra la violencia de género, incluidas las correspondientes al desarrollo del convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para
la realización de actuaciones en materia de violencia de género, sin perjuicio de
que la organización de la Semana de la Mujer sea desarrollada por la titular de la
Concejalía de Familia y Servicios Sociales, bajo la presidencia de su titular.
Segundo.—A D.a Alba Monteiro de Oliveira Gil, concejala-delegada de Economía,
Innovación y Empleo, la siguiente facultad:
— La realización de actuaciones para la promoción al empleo en igualdad dirigido a
mujeres y dirigido a empresas, incluidas las correspondientes al convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para la promoción de igualdad de oportunidades
de mujeres y hombres.
Tercero.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del
presente decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
Cuarto.—La delegación de competencias efectuada bajo el presente decreto deberá ser
aceptada por los concejales-delegados, entendiéndose que manifiestan tácitamente su consentimiento si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación, no expresan lo
contrario.
Quinto.—El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse, además, en la intranet municipal para conocimiento de toda la organización municipal.
Sexto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del
mismo”.
Las Rozas de Madrid, a 14 de abril de 2025.—El director de la Oficina de Apoyo a la
Junta de Gobierno Local, Antonio Díaz Calvo.
(03/6.208/25)
http://www.bocm.es
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