D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250428-30)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica Rabiza Solar Ampliación y su infraestructura de evacuación en el polígono 6 parcelas 20, 27, 29 a 46, 49 a 54, 98 y 134 del término municipal de Colmenar de Oreja, solicitada por Rabiza Solar, S. L. U. Expediente: 2024P6/14-0141-00006.5/2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
Pág. 145
sición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, por la que se acuerda hacer público el Informe de Impacto Ambiental del proyecto de “Planta solar fotovoltaica “Rabiza Solar Ampliación” e infraestructuras de evacuación”, en el término municipal de Colmenar de Oreja, promovido por Rabiza Solar, S. L.
(Expediente: 26-EIA-00141.6/2024).
Cuarto
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información
pública, que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta de producción fotovoltaica Rabiza Solar
Ampliación y su infraestructura de evacuación, situada en los polígonos 5, 6, 8 y 56 del
término municipal de Colmenar de Oreja, solicitada por Rabiza Solar, S. L. U. (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, de fecha 21 de enero de 2025).
Como resultado de la fase de información pública, no se han recibido alegaciones.
Quinto
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 14 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de
Colmenar de Oreja, Canal de Isabel II, Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG
de Promoción Económica e Industrial y DG de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación
de los siguientes organismos: Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, Canal de Isabel II y Área
de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG de Promoción Económica e Industrial.
En fecha 24/1/2025 y referencia 06/018876.9/25, se recibe de la DG de Carreteras de
la Comunidad de Madrid informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados
por el titular en fecha 27/1/2025 y referencia 10/097129.9/25.
Sexto
En la tramitación del expediente se han observado las formalidades legales.
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios y valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía y minas; el
Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 21/1992,
de 16 de julio, de Industria; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección,
responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica
de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se establecen los formularios y
modelos de presentación de solicitudes en los procedimientos de autorización de instalaciones de alta tensión en la Comunidad de Madrid; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por
el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con
las infraestructuras eléctricas; el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado
mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real
Decreto 337/2014, de 9 de mayo; el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración y residuos; Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión
BOCM-20250428-30
FUNDAMENTOS DE DERECHO
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
Pág. 145
sición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, por la que se acuerda hacer público el Informe de Impacto Ambiental del proyecto de “Planta solar fotovoltaica “Rabiza Solar Ampliación” e infraestructuras de evacuación”, en el término municipal de Colmenar de Oreja, promovido por Rabiza Solar, S. L.
(Expediente: 26-EIA-00141.6/2024).
Cuarto
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información
pública, que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta de producción fotovoltaica Rabiza Solar
Ampliación y su infraestructura de evacuación, situada en los polígonos 5, 6, 8 y 56 del
término municipal de Colmenar de Oreja, solicitada por Rabiza Solar, S. L. U. (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, de fecha 21 de enero de 2025).
Como resultado de la fase de información pública, no se han recibido alegaciones.
Quinto
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 14 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de
Colmenar de Oreja, Canal de Isabel II, Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG
de Promoción Económica e Industrial y DG de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación
de los siguientes organismos: Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, Canal de Isabel II y Área
de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG de Promoción Económica e Industrial.
En fecha 24/1/2025 y referencia 06/018876.9/25, se recibe de la DG de Carreteras de
la Comunidad de Madrid informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados
por el titular en fecha 27/1/2025 y referencia 10/097129.9/25.
Sexto
En la tramitación del expediente se han observado las formalidades legales.
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios y valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía y minas; el
Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 21/1992,
de 16 de julio, de Industria; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección,
responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica
de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se establecen los formularios y
modelos de presentación de solicitudes en los procedimientos de autorización de instalaciones de alta tensión en la Comunidad de Madrid; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por
el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con
las infraestructuras eléctricas; el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado
mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real
Decreto 337/2014, de 9 de mayo; el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración y residuos; Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión
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