C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250425-7)
Implantación enseñanzas – Decreto 11/2025, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, para la inclusión del currículo del idioma coreano
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
Pág. 271
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
DECRETO 11/2025, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
ordenan las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de
Madrid, para la inclusión del currículo del idioma coreano.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en su título I capítulo VII, las Enseñanzas de Idiomas, consideradas como enseñanzas de régimen especial.
Como desarrollo reglamentario, el Gobierno de la Nación aprobó el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico
a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes
de estudios y las de este Real Decreto. Conforme a lo dictado en sus artículos 4 y 5, corresponde a la Administración educativa de la Comunidad de Madrid establecer la organización
y características del nivel básico de estas enseñanzas, así como desarrollar la organización y
concretar el currículo de los niveles básico e intermedio, teniendo en cuenta los aspectos básicos establecidos por el Gobierno de la Nación. El citado Real Decreto fija las exigencias mínimas del nivel básico y establece el currículo básico de los niveles intermedio y avanzado de
las enseñanzas de idiomas, entre las que se encuentran las del idioma coreano.
En el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se aprobó el Decreto 106/2018,
de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan las enseñanzas de idiomas de
régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado
en la Comunidad de Madrid, en el que se contemplaba la organización y el currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial, entre las que no se incluyó el idioma coreano.
Procede ahora completar la oferta de las enseñanzas de idiomas de régimen especial
en la Comunidad de Madrid mediante la regulación de la ordenación y del currículo de los
niveles básico e intermedio del idioma coreano, que serán de aplicación en las escuelas oficiales de idiomas de este ámbito territorial.
En el marco de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad
con el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de
carácter general en la Comunidad de Madrid, la propuesta normativa se ajusta a las exigencias de los principios de buena regulación.
Esta norma cumple con los principios de necesidad y eficacia, puesto que desarrolla y
completa el currículo básico de las enseñanzas del idioma coreano para que pueda ser impartido en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con el fin de mejorar la cualificación de
los ciudadanos y ofrecer mayores oportunidades de empleo relacionadas con la formación
en lenguas extranjeras en la Comunidad de Madrid.
Asimismo, la presente norma atiende a la necesidad originada de ampliar la oferta de
enseñanzas de idiomas con respecto a lo establecido en la norma básica y cumple con el
principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible de lo previsto
por el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, sin que exista otra alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, y se ajusta el rango a la disposición que modifica.
Este Decreto se dicta de conformidad y en coherencia con el resto del ordenamiento
jurídico establecido tanto en la normativa básica como autonómica y garantiza el desarrollo reglamentario de estas enseñanzas en la Comunidad de Madrid, atendiendo el principio
de seguridad jurídica.
También cumple con el principio de transparencia, conforme a lo establecido en la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 52/2021, de 24 de mar-
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B.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
Pág. 271
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
DECRETO 11/2025, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
ordenan las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de
Madrid, para la inclusión del currículo del idioma coreano.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en su título I capítulo VII, las Enseñanzas de Idiomas, consideradas como enseñanzas de régimen especial.
Como desarrollo reglamentario, el Gobierno de la Nación aprobó el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico
a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes
de estudios y las de este Real Decreto. Conforme a lo dictado en sus artículos 4 y 5, corresponde a la Administración educativa de la Comunidad de Madrid establecer la organización
y características del nivel básico de estas enseñanzas, así como desarrollar la organización y
concretar el currículo de los niveles básico e intermedio, teniendo en cuenta los aspectos básicos establecidos por el Gobierno de la Nación. El citado Real Decreto fija las exigencias mínimas del nivel básico y establece el currículo básico de los niveles intermedio y avanzado de
las enseñanzas de idiomas, entre las que se encuentran las del idioma coreano.
En el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se aprobó el Decreto 106/2018,
de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan las enseñanzas de idiomas de
régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado
en la Comunidad de Madrid, en el que se contemplaba la organización y el currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial, entre las que no se incluyó el idioma coreano.
Procede ahora completar la oferta de las enseñanzas de idiomas de régimen especial
en la Comunidad de Madrid mediante la regulación de la ordenación y del currículo de los
niveles básico e intermedio del idioma coreano, que serán de aplicación en las escuelas oficiales de idiomas de este ámbito territorial.
En el marco de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad
con el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de
carácter general en la Comunidad de Madrid, la propuesta normativa se ajusta a las exigencias de los principios de buena regulación.
Esta norma cumple con los principios de necesidad y eficacia, puesto que desarrolla y
completa el currículo básico de las enseñanzas del idioma coreano para que pueda ser impartido en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con el fin de mejorar la cualificación de
los ciudadanos y ofrecer mayores oportunidades de empleo relacionadas con la formación
en lenguas extranjeras en la Comunidad de Madrid.
Asimismo, la presente norma atiende a la necesidad originada de ampliar la oferta de
enseñanzas de idiomas con respecto a lo establecido en la norma básica y cumple con el
principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible de lo previsto
por el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, sin que exista otra alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, y se ajusta el rango a la disposición que modifica.
Este Decreto se dicta de conformidad y en coherencia con el resto del ordenamiento
jurídico establecido tanto en la normativa básica como autonómica y garantiza el desarrollo reglamentario de estas enseñanzas en la Comunidad de Madrid, atendiendo el principio
de seguridad jurídica.
También cumple con el principio de transparencia, conforme a lo establecido en la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 52/2021, de 24 de mar-
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