Madrid (BOCM-20250424-67)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 97

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2025,
expediente 135-2024-00152, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial, para las parcelas situadas en la
calle de Emilio Mario, número 18, con vuelta a la calle de Carlos Pereyra, número 6, distrito de Chamartín, promovido por López de Hoyos 171, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publican los documentos con contenido normativo y planos:
NORMAS
Capítulo 1
Normas generales
Artículo 1. Ámbito.
El ámbito del Plan Especial se corresponde con la parcela situada en la calle de Emilio Mario, 18 c/v a la calle Carlos Pereyra, 6, distrito de Chamartín.
Artículo 2. Objeto.
El Plan Especial tiene por objeto la Modificación y Mejora de la Ordenación Pormenorizada en el Ámbito de la Unidad de Ejecución Discontinua número 1 “Ramón Pereyra Emilio Mario” (Parcela 3, calle de Emilio Mario, número 18, c/v a la calle de Carlos Pereyra,
número 6), mediante la modificación de la parcelación admitida, de las condiciones de posición de las edificaciones dentro de las parcelas, ocupación y la tipología edificatoria de estas de forma que sea viable su desarrollo y la materialización de la edificabilidad asignada.
Artículo 3. Condiciones generales de la parcela y la edificación.
— La parcela está incluida en el ámbito del Área de Planeamiento Específico
(APE 05.09) “Colonia Ciudad Jardín Alfonso XIII-Municipal”.
— La parcela está calificada con el uso Residencial.

Condiciones relativas a las obras.
2.1. Condiciones para la nueva edificación.
Se considera vinculante la ordenación reflejada en el Plano P06 “Plano Resumen de la
Propuesta. Parámetros Ordenación Pormenorizada”.
Artículo 4. Condiciones de parcela.
Se consideran parcelas “admitidas” las señaladas en el plano P03 Plano de Parcelación.

BOCM-20250424-67

Capítulo 2