Fuenlabrada (BOCM-20250424-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 11 de abril de 2025 (punto 17),
por el que se convocan las subvenciones para el programa Pintamos la Escuela correspondientes al ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión en
régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento
de Fuenlabrada podrá otorgar, destinadas a la realización de trabajos de pintura en espacios
y elementos exteriores e interiores en inmuebles de centros educativos de titularidad municipal para mejorar su estado. Debido a la naturaleza de la actividad subvencionada, se deberá subcontratar a profesionales o empresas del sector que se encarguen de la realización
del proyecto. Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero al 31
de diciembre de 2025.
Segundo. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:
— (7) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada (gestionadas por
cooperativas o sociedades de enseñanza.
— (2) Casas de Niños de titularidad municipal de Fuenlabrada.
— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.
— (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada.
— (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros
Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la
partida presupuestaria 6051/326/48900. El importe asignado a cada centro se establece según el siguiente baremo:
a) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada: 1.922,80 euros máximo.
b) Casas de Niños municipales: 1.619,20 euros máximo.
c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.
d) Centro Público de Educación permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.
e) Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria: 3.845,60
euros máximo.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, preferiblemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, aportando la documentación citada en el artículo 6 de las bases de la convocatoria.
Sexto. Otros datos.—Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 31 de enero
de 2026, inclusive.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-
BOCM-20250424-79
BDNS 826857
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 11 de abril de 2025 (punto 17),
por el que se convocan las subvenciones para el programa Pintamos la Escuela correspondientes al ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión en
régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento
de Fuenlabrada podrá otorgar, destinadas a la realización de trabajos de pintura en espacios
y elementos exteriores e interiores en inmuebles de centros educativos de titularidad municipal para mejorar su estado. Debido a la naturaleza de la actividad subvencionada, se deberá subcontratar a profesionales o empresas del sector que se encarguen de la realización
del proyecto. Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero al 31
de diciembre de 2025.
Segundo. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:
— (7) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada (gestionadas por
cooperativas o sociedades de enseñanza.
— (2) Casas de Niños de titularidad municipal de Fuenlabrada.
— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.
— (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada.
— (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros
Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la
partida presupuestaria 6051/326/48900. El importe asignado a cada centro se establece según el siguiente baremo:
a) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada: 1.922,80 euros máximo.
b) Casas de Niños municipales: 1.619,20 euros máximo.
c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.
d) Centro Público de Educación permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.
e) Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria: 3.845,60
euros máximo.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, preferiblemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, aportando la documentación citada en el artículo 6 de las bases de la convocatoria.
Sexto. Otros datos.—Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 31 de enero
de 2026, inclusive.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-
BOCM-20250424-79
BDNS 826857