Madrid (BOCM-20250424-65)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Estrategia gestión residuos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 27 de julio de 2023,
aprobó inicialmente la Estrategia de prevención y gestión de residuos domésticos y comerciales de la ciudad de Madrid-2030 (en adelante, la Estrategia) y acordó la apertura de un
período de información pública por el plazo de cuarenta y cinco días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que tuvo lugar el 9 de agosto de 2023, finalizando el mismo el 13 de octubre de 2023, durante el cual los interesados han podido examinar la Estrategia así como el estudio ambiental estratégico requerido en el procedimiento de evaluación
ambiental de la misma y presentar las alegaciones oportunas.
Durante dicho período se han presentado 259 escritos de alegaciones y tres más fuera
de plazo. Conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental (en adelante Ley 21/2013, de 9 de diciembre), una vez examinadas las
alegaciones recibidas, el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad elaboró la memoria de valoración de estas alegaciones que consta en el expediente, modificó,
de ser preciso, el estudio ambiental estratégico, y elaboró la propuesta final de la Estrategia.
Conforme al artículo 24 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, se remitió al órgano ambiental autonómico el expediente de evaluación ambiental estratégica completo para su
análisis técnico. Una vez terminado este, con fecha 7 de febrero de 2025, el órgano ambiental autonómico formuló la declaración ambiental estratégica, que tiene la naturaleza de informe preceptivo y determinante y contiene una exposición de los hechos que resume los
principales hitos del procedimiento incluyendo los resultados de la información pública, de
las consultas, así como de las determinaciones, medidas o condiciones finales que deben incorporarse en la Estrategia que finalmente se apruebe o adopte, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la citada ley, procede que por el
Ayuntamiento de Madrid, como órgano promotor y sustantivo, se apruebe definitivamente
la Estrategia, previa incorporación a la misma del contenido de la declaración ambiental estratégica y se proceda a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID junto con un extracto que incluya los aspectos legalmente exigibles, así como las
medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación
de la Estrategia.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.b) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, previa
deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 10 de abril
de 2025,
ACUERDA
Primero.—Resolver las alegaciones presentadas a la Estrategia de prevención y gestión de residuos domésticos y comerciales de la ciudad de Madrid-2030, en el período de
información pública, en el sentido que se detalla en la memoria incorporada al expediente.
BOCM-20250424-65
Acuerdo de 10 de abril de 2025, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se aprueba definitivamente la Estrategia de prevención y gestión de residuos domésticos y comerciales de la ciudad de Madrid-2030.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 27 de julio de 2023,
aprobó inicialmente la Estrategia de prevención y gestión de residuos domésticos y comerciales de la ciudad de Madrid-2030 (en adelante, la Estrategia) y acordó la apertura de un
período de información pública por el plazo de cuarenta y cinco días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que tuvo lugar el 9 de agosto de 2023, finalizando el mismo el 13 de octubre de 2023, durante el cual los interesados han podido examinar la Estrategia así como el estudio ambiental estratégico requerido en el procedimiento de evaluación
ambiental de la misma y presentar las alegaciones oportunas.
Durante dicho período se han presentado 259 escritos de alegaciones y tres más fuera
de plazo. Conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental (en adelante Ley 21/2013, de 9 de diciembre), una vez examinadas las
alegaciones recibidas, el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad elaboró la memoria de valoración de estas alegaciones que consta en el expediente, modificó,
de ser preciso, el estudio ambiental estratégico, y elaboró la propuesta final de la Estrategia.
Conforme al artículo 24 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, se remitió al órgano ambiental autonómico el expediente de evaluación ambiental estratégica completo para su
análisis técnico. Una vez terminado este, con fecha 7 de febrero de 2025, el órgano ambiental autonómico formuló la declaración ambiental estratégica, que tiene la naturaleza de informe preceptivo y determinante y contiene una exposición de los hechos que resume los
principales hitos del procedimiento incluyendo los resultados de la información pública, de
las consultas, así como de las determinaciones, medidas o condiciones finales que deben incorporarse en la Estrategia que finalmente se apruebe o adopte, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la citada ley, procede que por el
Ayuntamiento de Madrid, como órgano promotor y sustantivo, se apruebe definitivamente
la Estrategia, previa incorporación a la misma del contenido de la declaración ambiental estratégica y se proceda a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID junto con un extracto que incluya los aspectos legalmente exigibles, así como las
medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación
de la Estrategia.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.b) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, previa
deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 10 de abril
de 2025,
ACUERDA
Primero.—Resolver las alegaciones presentadas a la Estrategia de prevención y gestión de residuos domésticos y comerciales de la ciudad de Madrid-2030, en el período de
información pública, en el sentido que se detalla en la memoria incorporada al expediente.
BOCM-20250424-65
Acuerdo de 10 de abril de 2025, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se aprueba definitivamente la Estrategia de prevención y gestión de residuos domésticos y comerciales de la ciudad de Madrid-2030.