Madrid (BOCM-20250423-57)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 96
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20250423-57
Aprobación inicial del Plan Especial para la regularización de los espacios libres de
uso público de las colonias San Nicolás y Arechavaleta, distrito de Villaverde.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 3 de abril de 2025,
expediente 135-2025-00018, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial para la regularización de los espacios libres de uso público de las colonias San Nicolás y Arechavaleta, distrito de Villaverde, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2, en relación
con el artículo 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un
mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y preceptos concordantes.
Tercero.—Suspender en el ámbito del Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de
Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información
Urbanística del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera del Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid ( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visor Urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente
a su derecho.
Madrid, a 9 de abril de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/5.994/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 96
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20250423-57
Aprobación inicial del Plan Especial para la regularización de los espacios libres de
uso público de las colonias San Nicolás y Arechavaleta, distrito de Villaverde.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 3 de abril de 2025,
expediente 135-2025-00018, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial para la regularización de los espacios libres de uso público de las colonias San Nicolás y Arechavaleta, distrito de Villaverde, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2, en relación
con el artículo 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un
mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y preceptos concordantes.
Tercero.—Suspender en el ámbito del Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de
Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información
Urbanística del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera del Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid ( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visor Urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente
a su derecho.
Madrid, a 9 de abril de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/5.994/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791