Villanueva de Perales (BOCM-20250423-89)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
Pág. 399
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
VILLANUEVA DE PERALES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250423-89
Habiéndose instruido por los servicios municipales de este Ayuntamiento expediente
de aprobación provisional de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por entrada de
vehículos a través de aceras o calzadas-vado permanente, el Pleno de este Ayuntamiento,
en sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2025, acordó la aprobación provisional de
la referida ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las
personas interesadas puedan examinar el expediente en las dependencias municipales y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
esta entidad:
— https://villanuevadeperales.sedelectronica.es/info.0
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Villanueva de Perales, a 8 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, José Miguel
Lloret Herranz.
(03/5.956/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 96
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MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
Pág. 399
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
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RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250423-89
Habiéndose instruido por los servicios municipales de este Ayuntamiento expediente
de aprobación provisional de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por entrada de
vehículos a través de aceras o calzadas-vado permanente, el Pleno de este Ayuntamiento,
en sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2025, acordó la aprobación provisional de
la referida ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las
personas interesadas puedan examinar el expediente en las dependencias municipales y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
esta entidad:
— https://villanuevadeperales.sedelectronica.es/info.0
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Villanueva de Perales, a 8 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, José Miguel
Lloret Herranz.
(03/5.956/25)
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ISSN 1989-4791