Paracuellos de Jarama (BOCM-20250423-75)
Otros anuncios. Concesión demanial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 96

El horario podrá ser modificado por el Ayuntamiento, por cuestiones de conveniencia o por resultar
impuesto por la normativa que resulte de aplicación, debiendo el adjudicatario adaptarse a estas
circunstancias.
El horario deberá ser autorizado por el responsable del contrato, cumpliendo la normativa y
reglamentación vigentes, así como los criterios establecidos por la Concejalía de Deportes del
Ayuntamiento.
La autorización queda vinculada total y absolutamente a la finalidad y duración por la que se
otorga, quedando sin efecto de no cumplirse su destino en todo momento.
Se concederá una única autorización de instalación de Food Truck o similar, la cual se adjudicará
en función del mayor canon ofertado sobre el mínimo previsto en las presentes Bases. En caso de
empate entre dos o más interesados se resolverá por sorteo, celebrado con las debidas garantías
de publicidad y fe pública.
La temporada deportiva del centro se contempla durante el periodo comprendido entre el 1 de
septiembre y el 30 de junio, siendo optativo por el concesionario la explotación del Food Truck o
similar durante los meses de julio y agosto.
El Food Truck o similar podrá permanecer cerrado por vacaciones, durante el periodo comprendido
entre el 23 de diciembre y el 3 de enero, al no haber actividad programada en el centro deportivo.
SEGUNDA. – CARACTERÍSTICAS DEL FOOD TRUCK O SIMILAR A INSTALAR
El Food Truck o instalación similar deberá tener una longitud máxima de 5,00 m.
El Food Truck o similar respetará las características que en su momento sean señaladas por este
Ayuntamiento a través del Departamento de Industria, conforme a la normativa que resulte de
aplicación.
El autorizado colocará junto al Food Truck o instalación similar un número de mesas (con 4 sillas)
comprendido entre 1 y 10.
TERCERA. – OBLIGACIONES DEL AUTORIZADO

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Deberá iniciar la tramitación correspondiente y obtener las autorizaciones o licencias que
sean necesarias para el desarrollo de la actividad objeto de la prestación.
Nombrar un mínimo de una persona llamada a desarrollar las funciones de encargado e
interlocutor con el Ayuntamiento.
Disponer en todo momento de Certificados que acrediten que los elementos o maquinaria a
utilizar cuentan con las debidas garantías sanitaras y de cualquier otra índole, lo cual es
igualmente exigible a los productos suministrados, todo ello sin perjuicio del sometimiento a
las directrices, instrucciones o requerimientos que, con carácter previo o durante el
desarrollo de la actividad, pueda emitir el Departamento de Industria de este Ayuntamiento.
Ejercer la actividad de modo efectivo respetando las normas de apertura y cierre, así como
cualquier instrucción u orden relacionado con la prestación del servicio emitida por el
Ayuntamiento.
Mantener limpias y en condiciones sanitarias óptimas las instalaciones, enseres, mobiliario
y cualquier elemento de la explotación. En particular, se cumplirán escrupulosamente las
normas que en el momento presente o en un momento posterior puedan ser impuestas por
cualquier Administración Pública competente relacionadas con las medidas de limpieza que
resulten derivadas del COVID-19 u otras circunstancias análogas.
Presentar, con carácter previo a la formalización del contrato o documento de concesión
correspondiente, cuanta documentación le sea requerida por el Ayuntamiento de
Paracuellos de Jarama para acreditar el cumplimiento de exigencias en materia de
contratación e Industria.
Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier clase de riesgo derivado
del ejercicio de su actividad. Esta póliza deberá recoger de forma expresa y específica la
cobertura de la presente actividad, diferenciándose por tanto del seguro que el adjudicatario
pueda tener suscrito con respecto a su actividad ordinaria.
Cuidar el buen orden del servicio, asumiendo como propias las responsabilidades que
puedan surgir con los usuarios del servicio y derivadas de la relación profesional mantenida
con los mismos, asumiendo en este sentido igualmente la facultad de policía que en todo

BOCM-20250423-75

El autorizado resulta vinculado con las obligaciones generales y específicas siguientes: