D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250419-13)
Convenio –  Convenio de 10 de febrero de 2025, entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para la participación en el proyecto FP24-Realimenta2, incluyendo recogida, tratamiento y reutilización del residuo orgánico urbano
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025

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materiales que contienen los residuos para la producción de nuevos productos o materias
primas”, y cumplir con la normativa autonómica, que se regula en la Ley 1/2024, de 17 de
abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, que en lo referente al compostaje establece como objetivo en su artículo 5.e) “Incentivar una mayor agilización de trámites y facilitar la simplificación procedimental, en especial, para la declaración del fin de la
condición de residuo y subproducto, de las prácticas dirigidas al compostaje y la valorización, entre otras, que contribuyan a la dinamización económica y a una relación más ágil
entre la administración, los agentes económicos y los ciudadanos”, y en el artículo 20.e)
“que la Administración de la Comunidad de Madrid en el ámbito forestal, agroalimentario
y de la restauración promoverá el compostaje doméstico y comunitario”.
Las actuaciones de colaboración que se pretenden llevar a cabo se enmarcan en la línea de acción 4, de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de
Madrid (2017-2024), relativa a la prevención de biorresiduos que promueve la acción consistente en “fomentar en colaboración con las Entidades Locales, el compostaje comunitario, especialmente en actividades como huertos urbanos, centros educativos, centros públicos con servicio de comedor y similares”.
Séptimo
Que el Ayuntamiento manifiesta su interés en explorar el tratamiento descentralizado
de los biorresiduos urbanos y que colaborará con IMIDRA en identificar y acompañar a estas explotaciones en ese proceso de gestión local altamente descentralizada de la fracción
orgánica de los residuos municipales, reduciendo costes económicos, ecológicos y climáticos, y procurando la captura de carbono en los suelos agrarios aumentando la fertilidad de
los mismos. De este modo las dos partes consideran la experiencia conjunta en la finca “El
Encín”, como parte de un proceso de gestión más descentralizada de la materia orgánica.
Octavo
Que este convenio es acorde con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en su estructura y contenido, ya que habilita a la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales madrileñas a que celebren entre sí los convenios que tengan por conveniente en asuntos de su interés común de
acuerdo con los principios establecidos en dicha norma y sin más limitaciones que las establecidas por la ley y el debido respeto a la autonomía de las entidades que los celebren.
En este sentido, el presente convenio da conformidad a las previsiones del artículo 57
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, y del artículo 10.1
de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de
Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, en la inexistencia de duplicidades ya que la investigación es un ámbito competencial de actuación propia del IMIDRA.
Noveno
De acuerdo a lo establecido en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, con la suscripción de este convenio se mejora la eficiencia de la gestión pública, se facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, se contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y se cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por todo lo expuesto, el IMIDRA y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz suscriben
el presente convenio con sujeción a las siguientes

Primera
Objeto
El objeto del convenio es establecer la colaboración entre el IMIDRA y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz para participar en el Proyecto FP24-Realimenta2, consistente en la recogida y tratamiento de los biorresiduos de diferentes puntos de recogida en el
término municipal de Torrejón de Ardoz, que será transportados por el Ayuntamiento hasta la finca de El Encín (kilómetro 38,200 de la Autovía A-2, 28805 Alcalá de Henares), para

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