C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250417-1)
Disolución empresa pública – Acuerdo de 26 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución de la sociedad mercantil Mexaqua, S. A. de C. V., perteneciente al grupo empresarial de Canal de Isabel II
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 91
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE ABRIL DE 2025
Pág. 5
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1
ACUERDO de 26 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución de la sociedad mercantil Mexaqua, S. A. de C. V., perteneciente al grupo empresarial de Canal de Isabel II.
ACUERDA
Primero
Autorizar la disolución de la sociedad mercantil Mexaqua, S. A. de C.V., perteneciente al grupo empresarial de Canal de Isabel II.
BOCM-20250417-1
Mexaqua, S. A. de C. V. (en delante, Mexaqua), es una sociedad mercantil mexicana
constituida mediante escritura pública de fecha 6 de agosto de 2003 ante el Notario Público número 96 del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio bajo el número 1083, Volumen 53, Sección LI COM, en fecha 8 de septiembre
de 2003, situando el domicilio social de la compañía en la ciudad de Veracruz (México).
El objeto social con el que se constituyó esta sociedad es la inversión en actividades e
industriales y comerciales de producción y tratamiento y suministro de agua potable, tratamiento y disposición de aguas servidas y recolección, y reciclaje y disposición final de
deshecho, y demás actividades complementarias; así como consultoría, asistencia técnica y
servicios relacionados.
La sociedad Mexaqua pertenece al grupo de sociedades en las que Canal de Isabel II tiene participación indirecta, a través de sus filiales Canal Extensia, S. A., y Canal Extensia
América. El capital social de Mexaqua está participado mayoritariamente, en un 70 %, por
la sociedad Inamex -que está participada directamente por Canal Extensia América-. A través de dichas filiales, Mexaqua está participada indirectamente por Canal de Isabel II, S.A.,
M. P., en un 56,73 %, y por el Ente Público Canal de Isabel II en un 46,70 %.
De conformidad con la disposición adicional primera del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, está adscrita a la dicha consejería la empresa pública con forma de entidad de derecho público Canal de Isabel II y su grupo empresarial.
Debido a la falta de actividad prolongada que presenta la sociedad Mexaqua y la falta
de previsión de que vuelva a tener actividad alguna, su accionista mayoritario indirecto, Canal Extensia América, ha promovido una serie de actuaciones previas tendentes a su disolución y liquidación, y su Junta Directiva ha acordado, en fecha 6 de noviembre de 2024, la
autorización de la disolución y liquidación de Mexaqua, así como su elevación al Consejo
de Administración de las sociedades mercantiles de las que depende directa e indirectamente, para recabar su correspondiente autorización.
Al ser Mexaqua una sociedad constituida y domiciliada en un país extranjero, no se
rige por la legislación española, sino por la legislación de los Estados Unidos de México y,
en consecuencia, los actos relativos a su disolución y liquidación deberá regirse por las normas vigentes dicho país.
Habida cuenta la participación indirecta mayoritaria que la sociedad mercantil Canal de
Isabel II, S.A., M. P., tiene en Mexaqua, resulta preceptiva la autorización del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para proceder a la disolución de esta última, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, apartado cuarto, de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre,
de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid —en la redacción dada
por la Ley 8/2018, de 26 de diciembre—, con la correspondiente comunicación a la Asamblea
de Madrid y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 26 de marzo de 2025,
B.O.C.M. Núm. 91
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE ABRIL DE 2025
Pág. 5
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1
ACUERDO de 26 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución de la sociedad mercantil Mexaqua, S. A. de C. V., perteneciente al grupo empresarial de Canal de Isabel II.
ACUERDA
Primero
Autorizar la disolución de la sociedad mercantil Mexaqua, S. A. de C.V., perteneciente al grupo empresarial de Canal de Isabel II.
BOCM-20250417-1
Mexaqua, S. A. de C. V. (en delante, Mexaqua), es una sociedad mercantil mexicana
constituida mediante escritura pública de fecha 6 de agosto de 2003 ante el Notario Público número 96 del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio bajo el número 1083, Volumen 53, Sección LI COM, en fecha 8 de septiembre
de 2003, situando el domicilio social de la compañía en la ciudad de Veracruz (México).
El objeto social con el que se constituyó esta sociedad es la inversión en actividades e
industriales y comerciales de producción y tratamiento y suministro de agua potable, tratamiento y disposición de aguas servidas y recolección, y reciclaje y disposición final de
deshecho, y demás actividades complementarias; así como consultoría, asistencia técnica y
servicios relacionados.
La sociedad Mexaqua pertenece al grupo de sociedades en las que Canal de Isabel II tiene participación indirecta, a través de sus filiales Canal Extensia, S. A., y Canal Extensia
América. El capital social de Mexaqua está participado mayoritariamente, en un 70 %, por
la sociedad Inamex -que está participada directamente por Canal Extensia América-. A través de dichas filiales, Mexaqua está participada indirectamente por Canal de Isabel II, S.A.,
M. P., en un 56,73 %, y por el Ente Público Canal de Isabel II en un 46,70 %.
De conformidad con la disposición adicional primera del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, está adscrita a la dicha consejería la empresa pública con forma de entidad de derecho público Canal de Isabel II y su grupo empresarial.
Debido a la falta de actividad prolongada que presenta la sociedad Mexaqua y la falta
de previsión de que vuelva a tener actividad alguna, su accionista mayoritario indirecto, Canal Extensia América, ha promovido una serie de actuaciones previas tendentes a su disolución y liquidación, y su Junta Directiva ha acordado, en fecha 6 de noviembre de 2024, la
autorización de la disolución y liquidación de Mexaqua, así como su elevación al Consejo
de Administración de las sociedades mercantiles de las que depende directa e indirectamente, para recabar su correspondiente autorización.
Al ser Mexaqua una sociedad constituida y domiciliada en un país extranjero, no se
rige por la legislación española, sino por la legislación de los Estados Unidos de México y,
en consecuencia, los actos relativos a su disolución y liquidación deberá regirse por las normas vigentes dicho país.
Habida cuenta la participación indirecta mayoritaria que la sociedad mercantil Canal de
Isabel II, S.A., M. P., tiene en Mexaqua, resulta preceptiva la autorización del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para proceder a la disolución de esta última, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, apartado cuarto, de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre,
de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid —en la redacción dada
por la Ley 8/2018, de 26 de diciembre—, con la correspondiente comunicación a la Asamblea
de Madrid y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 26 de marzo de 2025,