D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250204-32)
Convenio –  Convenio de 20 de diciembre de 2024, entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (INSS) y la Comunidad de Madrid, para el control de la incapacidad temporal durante el período 2025 a 2028
<< 21 << Página 21
Página 22 Pág. 22
-
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 466

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 29

En cada uno de estos apartados, deben detallarse las actuaciones realizadas y el
coste de las mismas, señalando, en el caso de costes directos de adquisiciones de
bienes o servicios, su concepto y su importe. Si estos costes no fueran imputables
en su integridad a este convenio, se indicará el porcentaje de financiación y el
criterio aplicado para realizar su distribución.
En el caso de imputación de costes generales o de estructura (por ejemplo: costes
de personal que se dedique parcialmente a temas referidos a la aplicación de este
Convenio), se detallará el gasto total, el criterio general de distribución de este tipo
de coste, el porcentaje correspondiente a la ejecución de las actuaciones previstas
en este Convenio y el importe imputado.
En el caso de imputación de costes de formación se indicarán la denominación del
curso de formación, el número de asistentes a los mismos y su coste de impartición.
En el caso de que se aplicará a este Convenio la financiación de algún elemento del
inmovilizado material o inmaterial (aplicaciones informáticas) deberá señalarse el
porcentaje de amortización aplicado.
En el caso de gastos que se imputen a varias actuaciones financiadas en este
concepto, se actuará con el mismo criterio que con los costes indirectos.
3- Cuadro resumen del gasto.
Al final de la memoria, deberá presentarse un cuadro resumen de gasto por cada
actuación financiada y otro por cada uno de los conceptos de gasto realizados en el
ejercicio.

Por último, indicar que la memoria financiera deberá ser firmada por el responsable
de la ejecución económica o presupuestaria de la entidad que asuma la gestión de
las actuaciones materiales del convenio: la propia Consejería de Sanidad, el
Servicio Autonómico de Salud, etc

BOCM-20250204-32

(03/865/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791