C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250131-19)
Convocatoria ayudas – Orden 127/2025, de 20 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula para el año 2025, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER),“Solicitud Única”
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 26
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
Pág. 155
Artículo 20
Financiación
La financiación de los pagos de la anualidad 2025 de los Programas Agroambientales 2022-2026 y 2023-2027 para el fomento de la agricultura compatible con la conservación
de las aves esteparias de la Red Natura 2000 se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 456A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 por los siguientes importes:
PROGRAMA AGROAMBIENTAL
ANUALIDAD
CUANTÍA 2025 (€)
Programa Agroambiental 2022-2026
Cuarta
36.370,30
Programa Agroambiental 2023-2027
Tercera
29.746,05
Estas ayudas están financiadas en un 75 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 7,5 por 100 por la Administración General del Estado y en
el 17,5 por 100 restante por la Comunidad de Madrid.
La financiación de los pagos de la anualidad 2025 del Programa Agroambiental 2024-2028
para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 456A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 por
los siguientes importes:
PROGRAMA AGROAMBIENTAL
Programa Agroambiental 2024-2028
ANUALIDAD
Segunda
CUANTÍA 2025 (€)
376.165,85
Estas ayudas están financiadas en un 35 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 20 por 100 por la Administración General del Estado y en
el 45 por 100 restante por la Comunidad de Madrid.
SECCIÓN 3.a
Artículo 21
Régimen jurídico de las ayudas destinadas al mantenimiento de razas autóctonas
en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid
1. En la solicitud única de 2025 se presentarán las solicitudes de pago correspondientes a dicha anualidad de los Programas Agroambientales para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, aprobados de acuerdo
con las siguientes Ordenes de bases reguladoras:
— Orden 590/2023, de 15 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras
de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción
en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración general del Estado en el marco del plan
Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo 2023-2027. PEPAC-CM.
— Orden 1369/2024, de 8 de mayo, de la Consejería de medio ambiente Agricultura
e Interior, por la que se modifica la Orden 590/2023 de 15 de septiembre por la
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las
razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración general del Estado en el marco del plan Estratégico de la Política Agraria
Común para el periodo 2023-2027.
2. Los Programas Agroambientales para mantenimiento de razas autóctonas objeto
de esta solicitud de pago en 2025 serán los siguientes:
a) Tercera anualidad del Programa Agroambiental 2023-2027 y segunda anualidad
del Programa Agroambiental 2024-2028, la participación en estos programas se
convocó conforme a la Orden 590/2023, de 15 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas au-
BOCM-20250131-19
Ayudas destinadas al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción
de la Comunidad de Madrid
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 26
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
Pág. 155
Artículo 20
Financiación
La financiación de los pagos de la anualidad 2025 de los Programas Agroambientales 2022-2026 y 2023-2027 para el fomento de la agricultura compatible con la conservación
de las aves esteparias de la Red Natura 2000 se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 456A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 por los siguientes importes:
PROGRAMA AGROAMBIENTAL
ANUALIDAD
CUANTÍA 2025 (€)
Programa Agroambiental 2022-2026
Cuarta
36.370,30
Programa Agroambiental 2023-2027
Tercera
29.746,05
Estas ayudas están financiadas en un 75 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 7,5 por 100 por la Administración General del Estado y en
el 17,5 por 100 restante por la Comunidad de Madrid.
La financiación de los pagos de la anualidad 2025 del Programa Agroambiental 2024-2028
para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 456A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 por
los siguientes importes:
PROGRAMA AGROAMBIENTAL
Programa Agroambiental 2024-2028
ANUALIDAD
Segunda
CUANTÍA 2025 (€)
376.165,85
Estas ayudas están financiadas en un 35 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 20 por 100 por la Administración General del Estado y en
el 45 por 100 restante por la Comunidad de Madrid.
SECCIÓN 3.a
Artículo 21
Régimen jurídico de las ayudas destinadas al mantenimiento de razas autóctonas
en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid
1. En la solicitud única de 2025 se presentarán las solicitudes de pago correspondientes a dicha anualidad de los Programas Agroambientales para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, aprobados de acuerdo
con las siguientes Ordenes de bases reguladoras:
— Orden 590/2023, de 15 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras
de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción
en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración general del Estado en el marco del plan
Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo 2023-2027. PEPAC-CM.
— Orden 1369/2024, de 8 de mayo, de la Consejería de medio ambiente Agricultura
e Interior, por la que se modifica la Orden 590/2023 de 15 de septiembre por la
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las
razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración general del Estado en el marco del plan Estratégico de la Política Agraria
Común para el periodo 2023-2027.
2. Los Programas Agroambientales para mantenimiento de razas autóctonas objeto
de esta solicitud de pago en 2025 serán los siguientes:
a) Tercera anualidad del Programa Agroambiental 2023-2027 y segunda anualidad
del Programa Agroambiental 2024-2028, la participación en estos programas se
convocó conforme a la Orden 590/2023, de 15 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas au-
BOCM-20250131-19
Ayudas destinadas al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción
de la Comunidad de Madrid