B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250129-9)
Concurso de méritos –  Resolución de 17 de enero de 2025, complementaria de la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A1, del Servicio Madrileño de Salud que se relacionan en el Anexo I
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 24

que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A1 del
Servicio Madrileño de Salud que se relacionan en el Anexo I, exclusivamente de aplicación
para la categoría de Médico de Familia en Atención Primaria.
Se añade una nueva letra f) en el apartado 2, que queda redactado como sigue:
Apartado 2. Formación y otras actividades (máximo, 40 puntos).
Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de cualquiera de los siguientes apartados: 2.1. Subapartado Formación:
2.1.1. Formación Universitaria y Especializada.
[…].
f) Por la obtención del título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, previo cumplimiento del período completo de formación como residente del
Programa de Internos Residentes, o bien en el caso de extranjeros comunitarios,
haber realizado la formación médica especializada en los términos establecidos en
el artículo 25 de la Directiva 2005/36, debiendo acreditarlo mediante certificado
expedido por la autoridad competente. Para los extranjeros no comunitarios se
exigirán estos mismos requisitos: 6,58 puntos.
Segundo
Procedimiento de asignación de la puntuación
La puntuación referida en la letra f) del Apartado 2 “Formación y otras actividades” se
asignará de oficio a los aspirantes admitidos en el proceso selectivo que, entre los méritos
aportados en el autobaremo, esté el referido en el apartado 1.2 de la convocatoria: Por cada
día completo de servicios prestados como Personal Residente en formación para la obtención del título de la especialidad a la que se concursa. Para el cómputo de esta experiencia
profesional se requerirá la presentación del certificado de servicios prestados, sin que sea
válida la mera presentación del título obtenido: 0,006 puntos.
Tercero

BOCM-20250129-9

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace:
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Madrid, a 17 de enero de 2025.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.
(01/965/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791